Certificado de libertad de gravamen en Veracruz: costo, oficina y pasos
En esta guía
En Veracruz, el certificado de libertad de gravamen cuesta 5.3014 UMA por inmueble o folio: unos $621.91 en 2026, con la UMA vigente desde febrero. Se pide en la oficina registral de la zona que corresponde al municipio del inmueble, y todas esas oficinas dependen de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad de la Secretaría de Gobierno (SEGOB), con sede en Xalapa. Es un trámite de ventanilla: descargas un formato, pagas el derecho y lo entregas en tu zona. Si antes quieres entender qué acredita este documento y por qué cada estado cobra distinto, revisa la guía nacional del certificado de libertad de gravamen.
Cuánto cuesta en Veracruz en 2026
La cuota está en el Código de Derechos para el Estado de Veracruz, artículo 13, fracción XIII, inciso a). Ahí el trámite se llama “certificado de libertad o existencia de gravámenes” y no tiene precio en pesos, sino en UMA: 5.3014 UMA, cobradas por cada inmueble o folio. El Congreso del estado registra como vigente la versión del Código con su última reforma del 9 de mayo de 2025, sin cambios posteriores, así que en 2026 la cuota se convierte con la UMA de este año: $117.31 diarios.
| Certificado | Cuota legal | Equivalencia 2026 (febrero a diciembre) |
|---|---|---|
| Libertad o existencia de gravámenes, hasta 10 años | 5.3014 UMA | ≈ $621.91 |
| Inscripción, afectación agraria, delimitación de dominio o cancelación de gravamen | 5.3014 UMA | ≈ $621.91 |
| Historia registral, hasta 10 años | 21.2055 UMA | ≈ $2,487.62 |
| Historia registral, por cada quinquenio anterior a esos 10 años | 10.6027 UMA | ≈ $1,243.80 |
| No inscripción | 37.1096 UMA | ≈ $4,353.33 |
Antes de pagar, ten claro esto:
- Los pesos son una conversión nuestra, no una cifra impresa en la ley. El importe exacto, con su redondeo, lo marca tu línea de captura o la caja. En enero de 2026 todavía aplicaba la UMA 2025 y el certificado salía en unos $599.80; la cifra se mueve cada febrero, cuando se actualiza la UMA.
- Tarifa única. En el artículo 13 no aparece una cuota urgente o exprés: pagas lo mismo sin importar la prisa.
- Exención solo para causas penales. No pagan las certificaciones que piden las autoridades judiciales para procesos penales o para acreditar la solvencia de fiadores. A un trámite particular no le aplica.
El mismo Código indica que el derecho se paga en la Oficina Virtual de Hacienda (OVH) de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN) o en bancos y lugares autorizados por esa Secretaría. Ojo: dentro de la OVH, el apartado del Registro Público de la Propiedad es un acceso con usuario y contraseña para la comunidad gubernamental, y no localizamos una opción abierta para que un particular genere ahí su línea de captura. Antes de pagar, pregunta en tu oficina registral cómo obtenerla o llama a Atención a Contribuyentes de la SEFIPLAN: 800 260 24 00, de lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
Requisitos en Veracruz
La SEGOB publica un Formato Único de Solicitud de Certificado, un PDF rellenable que descargas del portal del Registro Público. Para el certificado de libertad de gravamen, junta esto:
- El Formato Único de Solicitud de Certificado, lleno.
- Los datos de inscripción del inmueble: folio o antecedentes registrales, tal como vienen en tu escritura.
- El comprobante de pago de 5.3014 UMA por cada inmueble o folio que quieras certificar.
Ninguna de las fuentes oficiales de Veracruz que revisamos pide identificación ni copia de la escritura para este certificado. Mete las dos a tu carpeta de todos modos: si la ventanilla te las pide, no pierdes la vuelta.
Cómo pedirlo paso a paso
- Ubica tu zona registral. En el Directorio de Zonas Registrales busca qué oficina corresponde al municipio donde está el inmueble.
- Llena el Formato Único con los datos de inscripción. Si son varios inmuebles, cuenta un pago por cada folio.
- Paga el derecho en la OVH o en un banco autorizado por la SEFIPLAN y guarda el comprobante.
- Entrega el formato y el comprobante en la oficina registral de tu zona.
- Pregunta la fecha de entrega en el momento en que ingresas la solicitud. Ni la ley ni el portal del Registro publican un plazo oficial, así que amarra esa fecha con la oficina antes de agendar la firma con tu notaría o tu banco.
Si la oficina se niega a expedirte el certificado, la Ley del Registro Público de la Propiedad para el Estado de Veracruz prevé un recurso contra esa negativa, que se presenta dentro de los 15 días siguientes a que te la notifiquen.
Dónde tramitarlo: oficinas registrales de Veracruz
Veracruz no concentra el trámite en la capital. El servicio se presta en una red de oficinas registrales por zona: una evaluación de la SEFIPLAN de 2023 contaba 25, entre ellas la de la zona de Minatitlán. Te corresponde la oficina de la zona donde está inscrito el inmueble, no la que te quede más cerca.
- Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías (SEGOB). Calle Juárez No. 68, Zona Centro, C.P. 91000, Xalapa-Enríquez. Teléfonos: 228 818-8238, 228 817-2667 y 228 818-8327. Coordina a todas las zonas; si no sabes cuál te toca, llama aquí antes de moverte.
- Oficinas por zona. Sus domicilios están en el Directorio de Zonas Registrales del portal del Registro Público. El PDF pesa más de 10 MB: mejor descárgalo con wifi.
No encontramos horarios de atención ni un sistema de citas publicados. Llama a tu oficina antes de ir para confirmar el horario de ventanilla.
Qué se puede hacer en línea
Para un particular, este certificado se gestiona en ventanilla. Del portal del Registro Público te sirven dos descargas: el Formato Único y el directorio de zonas. El sistema en línea que aparece en ese portal, el SIAT (Sistema Integral de Avisos Testamentarios), es exclusivo para notarios y no sirve para pedir certificados.
Particularidades de Veracruz
Diez años por certificado. El certificado de libertad cubre hasta 10 años de historia registral del inmueble. Si necesitas revisar más atrás, lo que procede es el certificado de historia registral, que se cobra por bloques (ver la tabla de costos).
Un pago por cada folio. El Código cobra el certificado “individualmente por cada uno de los predios” y lo aplica a condominios, fraccionamientos, propiedades y copropiedades. Si vas a revisar dos lotes, o un departamento y un cajón de estacionamiento con folio propio, son dos certificados.
30 días para condominios ante SEDESOL. Para autorizar un régimen de condominio, la Secretaría de Desarrollo Social de Veracruz pide el certificado en original y con no más de 30 días naturales de antigüedad. Notarías y bancos fijan su propio criterio, así que pregunta el suyo antes de pedirlo.
Inmueble que nunca se inscribió. Sin folio no hay nada que certificar. Para acreditar que un predio no está inscrito existe el certificado de no inscripción (37.1096 UMA). Para registrarlo por primera vez, la SEGOB lista el trámite “Autorización de los Instrumentos Privados para su inmatriculación (primera inscripción)”, con clave SEGOB0111.
Hipoteca ya pagada. El certificado de cancelación de gravamen tiene la misma cuota que el de libertad: 5.3014 UMA. La inscripción de la cancelación en el folio se cobra aparte; confirma ese monto en tu oficina registral.
¿Instituto Registral de Veracruz? En 2019 el gobierno estatal anunció la modernización del Registro y la creación de un Instituto Público Registral. En 2026 el área sigue operando como Dirección General dentro de la SEGOB; en su portal de transparencia aparece con las siglas DGRPPIyAGN. Si buscas un “Instituto Registral” veracruzano, la ventanilla que te corresponde es la oficina registral de tu zona.
Preguntas frecuentes en Veracruz
¿Cuánto cuesta el certificado de libertad de gravamen en Veracruz en 2026?
¿En qué oficina lo pido si no vivo en Xalapa?
¿Cuántos años de historia del inmueble cubre el certificado en Veracruz?
¿Puedo pagar más para que me lo entreguen rápido?
Si tengo varios lotes o departamentos, ¿pago un solo certificado?
Fuentes oficiales
- SEGOB Veracruz — Registro Público de la Propiedad (portal oficial)Consultado el 11 de octubre de 2026
- SEGOB Veracruz — Subsecretaría Jurídica: Dirección General de Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de NotaríasConsultado el 11 de octubre de 2026
- SEGOB Veracruz — Transparencia, fr. XX Trámites, requisitos y formatos (DGRPPIyAGN, SEGOB0111)Consultado el 11 de octubre de 2026
- SEFIPLAN — Código de Derechos para el Estado de Veracruz (art. 13, fr. XIII)Consultado el 11 de octubre de 2026
- Congreso de Veracruz — Código de Derechos, compilación vigente (última reforma 9-may-2025)Consultado el 11 de octubre de 2026
- INEGI — Valor de la UMA 2026Consultado el 11 de octubre de 2026
- SEGOB Veracruz — Formato Único de Solicitud de CertificadoConsultado el 11 de octubre de 2026
- SEGOB Veracruz — Directorio de Zonas RegistralesConsultado el 11 de octubre de 2026
- SEGOB Veracruz — SIAT, Sistema Integral de Avisos Testamentarios (uso notarial)Consultado el 11 de octubre de 2026
- SEFIPLAN — Evaluación del programa 253 Trámites y Servicios Jurídicos a la Población (2023)Consultado el 11 de octubre de 2026
- SEDESOL Veracruz — Requisitos de solicitud de condominio (abril 2026)Consultado el 11 de octubre de 2026
- Congreso de Veracruz — Ley del Registro Público de la Propiedad para el Estado de VeracruzConsultado el 11 de octubre de 2026
- TRIJAEV — Resolución del Toca 183/2024 (solicitud en la zona registral de Minatitlán)Consultado el 11 de octubre de 2026
- Gobierno de Veracruz — Modernización del Registro Público de la Propiedad (2019)Consultado el 11 de octubre de 2026
- SEFIPLAN — Oficina Virtual de Hacienda, consulta de trámitesConsultado el 11 de octubre de 2026
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