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Apostilla de actas en Yucatán: Consejería Jurídica, costo y plazo

Última verificación: 21 de octubre de 2026 · Dependencia: Dirección de Vinculación Institucional, Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Yucatán
Apostilla de actas en Yucatán, escena ilustrativa.
En esta guía

En Yucatán, las actas del Registro Civil se apostillan en la Dirección de Vinculación Institucional de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, en el Edificio Administrativo Siglo XXI, en Mérida. Es la única ventanilla del estado y, si vas en persona, no pide cita. La Ley General de Hacienda de Yucatán fija 5.54 UMA por documento, unos $650 en 2026, aunque la ficha oficial del trámite publica $780: el monto exacto lo verás en tu línea de referencia antes de pagar. Existe una pre-solicitud en línea, pero el acta original la entregas y la recoges en persona, con un plazo de hasta 7 días hábiles. Si antes quieres entender qué certifica la apostilla y cuándo te toca legalización, revisa la guía nacional de apostilla de actas; aquí va lo que aplica en Yucatán.

No es la Secretaría General de Gobierno: es la Consejería Jurídica

En buena parte del país, la apostilla vive en la Secretaría General de Gobierno. En Yucatán no. El trámite (homoclave CJ000-1408) lo resuelve la Consejería Jurídica, a través de la Dirección de Vinculación Institucional de su Subconsejería de Servicios Legales y Vinculación Institucional. Si buscas la apostilla en la Secretaría de Gobierno yucateca, vas a perder la vuelta.

La Consejería también tiene a su cargo el Registro Civil, pero no confundas las oficinas: el Registro Civil, en la Calle 65 del Centro de Mérida, te da la copia certificada; la apostilla se pone en el Siglo XXI, en la colonia Xcumpich.

¿Cuánto cuesta en Yucatán?

Aquí hay dos cifras oficiales que no coinciden, y te conviene saberlo antes de pagar.

ConceptoMontoFuente oficial
Apostilla de un acta, por documento5.54 UMA ≈ $649.90Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, art. 67 fr. II (reformada el 26 de diciembre de 2025), con la UMA 2026 de $117.31
Apostilla de un acta, por documento$780.00 (monto fijo)Ficha oficial CJ000-1408; no imprime año fiscal ni fundamento del cobro
Legalización de firmas (país fuera de La Haya)3.67 UMA ≈ $430.53Misma ley, art. 67 fr. I
Copia certificada del acta de nacimiento0.81 UMA ≈ $95Misma ley, art. 57 fr. X; la ficha de expedición de actas publica $95.00

¿Cuál cobra hoy la ventanilla? No lo pudimos confirmar. Hay un indicio a favor de la ley: con esa misma ley, la copia certificada del acta de nacimiento sale en $95.02 y su ficha publica $95, así que ahí sí cuadran. Aun así, no pagues con base en esta guía: el monto exacto aparece en tu línea de referencia, y también puedes preguntarlo al (999) 924 23 57, ext. 53454.

Dónde y cómo pagar. El pago va antes de presentarte en la oficina, con línea de referencia, y es uno por acta: si apostillas la de nacimiento y la de matrimonio, son dos pagos. Puedes pagar en efectivo, con tarjeta de crédito o débito, o por SPEI referenciado, en las oficinas recaudadoras de la AAFY (la autoridad fiscal del estado), en comercios autorizados, en kioscos estatales de pago y en ventanillas bancarias o cajeros autorizados. La ficha incluye un formato para solicitar la línea de captura del pago de derechos.

Requisitos en Yucatán

Esto pide la ficha CJ000-1408:

  • Formato de Solicitud de Trámite F-PR-GLF-01, en original. Es bilingüe (español e inglés) y sirve tanto para apostilla como para legalización: marcas la casilla de apostilla, anotas el país de destino y eliges “Acta del Registro Civil” como tipo de documento. Además de tus datos, pide el “Número de derecho”, que es el folio de tu pago. Se descarga desde la ficha oficial y se firma a mano.
  • El acta original y una copia simple. El original debe traer firma autógrafa del funcionario y sello legible del Registro Civil.
  • El recibo oficial de pago, original y copia simple, uno por cada acta.
  • Constancia de Validación, solo si tu documento trae código QR con sello y cadena digital de la autoridad que lo emitió.

La ficha no menciona identificación oficial, carta poder para que vaya otra persona ni antigüedad máxima del acta. Eso no garantiza que no te los pidan: lleva tu INE y, si vas a mandar a alguien, llama antes a la ext. 53454.

Hay dos reglas especiales: si el acta es de un menor de edad, el trámite lo hacen sus padres; y si una escuela gestiona apostillas para sus alumnos, presenta una carta responsiva firmada por cada alumno o por su padre, madre o tutor.

Cuándo rechazan la solicitud

De las causas de negativa que publica la ficha, estas aplican a actas:

  • Que la haya expedido otro estado o un municipio de otra entidad. Un acta de Campeche o de Quintana Roo se apostilla allá, aunque hoy vivas en Mérida.
  • Que presentes una copia simple como el documento a apostillar. La copia solo acompaña al original.
  • Que el acta no tenga firma autógrafa o sello de la autoridad que la expidió.
  • Que esté incompleta o tenga signos evidentes de ser apócrifa.

El acta que imprimiste por internet: pregunta antes

Yucatán expide actas en su portal estatal (tramites.yucatan.gob.mx/actas), con un “Identificador Electrónico” que puedes validar en línea. El problema es que la ficha de apostilla exige firma autógrafa y sello o, si el documento trae QR con sello y cadena digital, la Constancia de Validación. No encontramos quién expide esa constancia ni si la Consejería acepta actas impresas del portal estatal o del federal.

Lo prudente es llamar a la ext. 53454 antes de pagar, o sacar la copia certificada en una oficialía del Registro Civil o en una Ventanilla Única Estatal (VUE), como las de City Center en Mérida, Valladolid o Tizimín. Ojo: esas oficinas te dan el acta, pero no la apostillan.

Dónde tramitarlo: una sola oficina en Mérida

La ficha de apostilla da un solo domicilio para todo el estado y no lista módulos en Valladolid, Tizimín, Tekax, Ticul ni Progreso. Desde el interior hay que viajar a Mérida.

OficinaDirecciónHorarioCita
Dirección de Vinculación Institucional, Consejería JurídicaCalle 20 A Núm. 284 B por 3 C, Depto. 7, tercer piso, Edificio Administrativo Siglo XXI, Col. Xcumpich, C.P. 97204, Mérida9:00 a 15:00No se requiere en la modalidad presencial

Para dudas, el teléfono es (999) 924 23 57, ext. 53454 (coordinación de trámites) o ext. 53404 (Dirección). La ficha publica además el correo de la coordinación de trámites: [email protected]. Solo da el horario, sin decir qué días se atiende; si viajas desde el interior, confírmalo antes.

Paso a paso en Yucatán

En persona, sin cita

  1. Consigue la copia certificada de tu acta del Registro Civil de Yucatán, con firma autógrafa y sello.
  2. Confirma que el país de destino es parte de la Convención de La Haya. Si no lo es, en el mismo formato marcas legalización.
  3. Genera tu línea de referencia y paga, una vez por acta. Guarda el folio: es el “Número de derecho” del formato.
  4. Llena el formato F-PR-GLF-01 y fírmalo a mano.
  5. Ve al tercer piso del Siglo XXI, entre 9:00 y 15:00, con el formato, el acta y su copia, y el recibo y su copia.
  6. Conserva el comprobante que te entreguen y regresa por tu acta apostillada. El plazo máximo es de 7 días hábiles.

Pre-solicitud en línea

La ficha clasifica el trámite como “gestión en línea”: llenas un formulario, adjuntas documentos, esperas la validación o las observaciones, agendas fecha y hora, y acudes con los originales a recibir el resolutivo. En esta modalidad sí hay cita. El detalle es que, al revisarlo, el botón “Iniciar” de la ficha llevaba a la portada del Registro Estatal de Trámites y no a un formulario. Si no lo encuentras, la vía presencial sin cita es la más directa.

Particularidades de Yucatán

  • Hasta 7 días hábiles, no el mismo día. Si tienes una fecha límite en el extranjero, tramita con margen. La ficha señala que opera la afirmativa ficta: si la autoridad no resuelve en ese plazo, tu solicitud se entiende aprobada. Si se vence el plazo y no tienes tu acta, llama a la oficina.
  • Dos viajes a Mérida. Uno para entregar y otro para recoger. Desde Valladolid, Tizimín o Tekax, planéalo; la ficha no dice si otra persona puede recoger por ti.
  • Legalización en la misma oficina. Si tu destino no es parte de La Haya, ahí mismo se legalizan las firmas con el mismo formato (3.67 UMA, unos $430.53 en 2026) y después sigue la cadena federal.
  • Si te casaste en Yucatán. El acta de matrimonio yucateca se apostilla aquí, aunque tú o tu pareja vivan en otro país.

Preguntas frecuentes en Yucatán

¿Dónde se apostilla un acta de nacimiento de Yucatán?
En la Dirección de Vinculación Institucional de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, en el tercer piso del Edificio Administrativo Siglo XXI (Calle 20 A Núm. 284 B, Col. Xcumpich, Mérida). Es la única ventanilla de apostilla en el estado. El Registro Civil solo te da la copia certificada, y la SEGOB federal no apostilla actas yucatecas.
¿Cuánto cuesta apostillar un acta en Yucatán en 2026?
La Ley General de Hacienda de Yucatán fija 5.54 UMA por documento, unos $649.90 con la UMA 2026 ($117.31). La ficha oficial del trámite, en cambio, publica $780. Confirma el monto en tu línea de referencia antes de pagar y recuerda que es un pago por cada acta. Si aún no tienes la copia certificada del acta de nacimiento, súmale unos $95.
¿Necesito cita para apostillar en Mérida?
No, si vas en persona: la ficha oficial indica que la modalidad presencial no requiere cita. El horario publicado es de 9:00 a 15:00. Solo la pre-solicitud en línea te hace agendar fecha y hora.
¿Cuánto tarda la apostilla en Yucatán?
Hasta 7 días hábiles, según la ficha de la Consejería Jurídica. Si la autoridad no resuelve en ese plazo, opera la afirmativa ficta. Como no es un trámite del mismo día, si tienes una fecha límite en el extranjero, tramítala con margen.
¿Puedo apostillar en Yucatán el acta que imprimí por internet?
No está confirmado. La Consejería pide actas con firma autógrafa y sello; si el documento trae código QR con sello y cadena digital, exige además una Constancia de Validación. Antes de pagar, pregunta al (999) 924 23 57, ext. 53454, o saca la copia certificada en una oficialía del Registro Civil.

Fuentes oficiales

  1. Gobierno de Yucatán — Ficha «Apostilla de Documentos» CJ000-1408 (Consejería Jurídica): costo publicado, requisitos, plazo, oficina, horario y causas de negativaConsultado el 21 de octubre de 2026
  2. Consejería Jurídica de Yucatán — Formato bilingüe F-PR-GLF-01 R00, solicitud de legalización o apostillaConsultado el 21 de octubre de 2026
  3. Congreso de Yucatán — Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán (reforma del 26-dic-2025): art. 67 fr. I y II, art. 57 fr. XConsultado el 21 de octubre de 2026
  4. DOF — Valor de la UMA 2026 ($117.31 diarios, vigente desde el 1 de febrero de 2026)Consultado el 21 de octubre de 2026
  5. Registro Estatal de Trámites — Catálogo de la Consejería Jurídica (Apostilla, modalidad «Gestión en línea»)Consultado el 21 de octubre de 2026
  6. Gobierno de Yucatán — Ficha «Expedición de actas» CJ000-1191 (Registro Civil): costos de copias certificadas, oficialías y VUEConsultado el 21 de octubre de 2026
  7. Gobierno de Yucatán — Portal estatal de actas (descarga y validación con Identificador Electrónico)Consultado el 21 de octubre de 2026
  8. Gobierno de Yucatán — Directorio de la Consejería Jurídica (Dirección de Vinculación Institucional y Registro Civil)Consultado el 21 de octubre de 2026
  9. Consejería Jurídica del Gobierno de Yucatán — Estructura y domicilio (Edificio Siglo XXI)Consultado el 21 de octubre de 2026

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