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Acta de defunción: registro, copia certificada y costos

Última verificación: 16 de julio de 2026 · Dependencia: Registro Civil (portal nacional gob.mx/actas)
Acta de defunción, escena ilustrativa.
En esta guía

El acta de defunción es el documento del Registro Civil que acredita el fallecimiento y se utiliza en trámites de herencia, pensión y seguros. El primer registro se atiende en la oficialía; su cuota y la de las copias dependen de la entidad y del canal. Si un portal ofrece el tipo de acta y localiza el asiento, puede existir una vía digital; confirma disponibilidad e importe antes de pagar.

Revisión parcial del 24 de octubre de 2026: se acotaron gratuidad, cobertura y entrega digitales. No se revalidaron las tarifas ni la integración de todas las entidades.

¿Qué es el acta de defunción y para qué sirve?

El acta de defunción es el documento oficial que acredita legalmente que una persona falleció. Sin ella no se pueden cerrar la mayoría de los trámites que quedan abiertos tras un fallecimiento. La vas a necesitar para:

  • Iniciar la sucesión o herencia ante notario o juez.
  • Tramitar la pensión de viudez u orfandad en el IMSS o el ISSSTE.
  • Cobrar seguros de vida y fondos de ahorro.
  • Cancelar servicios y cuentas del fallecido: bancos, tarjetas, telefonía, luz, agua.
  • Autorizar la inhumación o la cremación.

Es un documento que no caduca como hecho registral: el fallecimiento quedó asentado y así permanece. Pero muchas dependencias (notarías, IMSS, bancos) piden una copia certificada de expedición reciente, así que lo común es sacar una copia nueva cuando vas a hacer un trámite concreto. Ese requisito de “vigencia” lo fija cada dependencia que recibe el documento, no el Registro Civil.

Certificado médico y acta: no son lo mismo

Es la confusión más frecuente, y conviene tenerla clara desde el inicio porque son dos documentos distintos y en orden:

  • El certificado médico de defunción lo emite un médico (a través de la Secretaría de Salud). Es el documento que certifica médicamente la muerte y el requisito indispensable para poder registrar la defunción. No sirve por sí solo para herencia ni pensiones.
  • El acta de defunción la emite el Registro Civil a partir de ese certificado. Es el documento legal que te van a pedir en todos los demás trámites.

Dicho simple: el certificado médico es el primer paso; el acta es el documento con el que resuelves todo lo demás.

Cómo se registra una defunción por primera vez

El registro es presencial en la oficialía del Registro Civil. No se presenta la gratuidad como una regla universal: hay entidades que publican un derecho de registro, separado de las copias. El proceso general es este:

  1. Un médico expide el certificado médico de defunción. Ocurre en la clínica, hospital o centro de salud, con el médico que atendió a la persona. Si no hubo médico, se acude a la autoridad municipal; si la muerte fue por accidente o violencia, primero se da aviso al Ministerio Público.
  2. Un familiar acude al Registro Civil con el certificado y la documentación de soporte (la lista está más abajo).
  3. El Registro Civil levanta el acta y expide el acta de defunción.
  4. Con el registro se obtiene el permiso de inhumación o cremación, que es lo que autoriza el sepelio.

¿Quién puede declarar la defunción? Un familiar directo —cónyuge, hijos, padres— o cualquier persona con carta poder otorgada por la familia. En la práctica, muchas funerarias se encargan de acompañar y hacer el trámite bajo autorización de los familiares, lo cual quita una carga enorme en esos días.

¿Cuánto tiempo tienes para registrar? Depende del estado, y es importante no dejarlo pasar porque de ese registro depende el permiso para el sepelio. En Tabasco el plazo es el mismo día o dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento; después puede aplicarse una multa. Otros estados manejan plazos distintos, así que conviene confirmar el de tu entidad. La recomendación práctica es hacerlo cuanto antes.

Requisitos para registrar la defunción

Los requisitos varían por estado, pero en casi todos te van a pedir lo siguiente (ejemplos de Tabasco y Michoacán):

  • Certificado médico de defunción — original (en Michoacán lo piden en tres tantos).
  • Acta de nacimiento del fallecido (en Michoacán, con vigencia no mayor a 2 años). Si necesitas reponerla, revisa cómo sacar una copia del acta de nacimiento.
  • Acta de matrimonio, si la persona era casada.
  • CURP del fallecido.
  • Identificación oficial del fallecido.
  • Identificación oficial del declarante (original y copia).
  • Dos testigos mayores de edad con identificación oficial.
  • En caso de cremación: copia del permiso emitido por la Secretaría de Salud.
  • En caso de muerte violenta o accidente: certificado en tanto blanco y azul, más el aviso por escrito del Ministerio Público.

Cómo obtener la copia certificada en línea

Primero comprueba que el portal ofrezca el tipo de acta y la entidad de registro y que localice el asiento. La digitalización por sí sola no garantiza que cualquier copia esté disponible en todas las plataformas. Si no aparece, consulta la oficialía donde se registró.

  1. Entra a gob.mx/actas, que te dirige a la Plataforma Nacional del Registro Civil (miregistrocivil.gob.mx).
  2. Inicia sesión con tu cuenta Llave MX (usuario y contraseña).
  3. Si el servicio ofrece acta de defunción para tu registro, selecciona esa opción y captura los datos que solicite.
  4. Verifica los datos del acta que aparece.
  5. Paga en línea con tarjeta o genera una línea de captura.
  6. Descarga el PDF con código QR y sello digital.

La copia certificada digital puede verificarse con los mecanismos oficiales que incluya. Confirma los requisitos de la institución que la recibirá y el estado del pago; no se garantiza una emisión inmediata para cualquier registro. Ojo: si el fallecimiento es muy reciente, la captura en la plataforma puede tardar unos días tras el registro en la oficialía; mientras tanto, la copia se pide directo en el Registro Civil donde se hizo el asentamiento.

¿Cuánto cuesta?

Aquí no hay un precio único nacional: la copia certificada la cobra cada estado según su propia Ley de Ingresos o Código Fiscal. Como referencia:

ConceptoCostoNota
Registro de la defunción (primera vez)Depende de la entidadNo confundir con la cuota de la copia; confirma si el registro causa derecho en tu estado
Copia certificada — CDMX$98Tarifa publicada por la Tesorería de la CDMX (concepto “copias certificadas”). Confirma el monto en el Código Fiscal de la CDMX 2026 antes de pagar.
Copia certificada — otros estadosVaríaCada entidad fija su tarifa; no la deduzcas del monto de la CDMX.
Inserción de acta de defunción ocurrida fuera de la CDMX o en el extranjero$328 (CDMX)Trámite distinto a la copia simple.

Los montos oficiales publicados en tablas de tarifas no siempre imprimen el año fiscal, por eso conviene confirmar la cifra en la Ley de Ingresos o Código Fiscal vigente de tu estado antes de pagar.

Defunción de un mexicano en el extranjero

Si tu familiar falleció fuera de México, tienes dos caminos:

  • Registro consular. La defunción puede registrarse en el consulado o embajada de México del lugar. Es gratuito, y el acta que expide la representación consular tiene plena validez legal en territorio mexicano sin necesidad de apostilla ni legalización. Suelen pedir prueba de la nacionalidad mexicana del fallecido, identificación del declarante y dos testigos.
  • Inserción de acta extranjera. Si ya tienes el acta emitida por el país donde ocurrió el fallecimiento, se apostilla o legaliza, se traduce y se inserta en el Registro Civil en México de la oficialía que elijas.

Las copias certificadas de actas ya registradas en México también pueden solicitarse en los consulados (con un costo aproximado en dólares que varía por representación).

Guías por estado

Como cada Registro Civil tiene su propia ley, sus costos y sus plazos, iremos publicando una guía por cada estado con el costo exacto de la copia, el plazo local para registrar y la dirección de las oficialías. Para la vía digital, comprueba que gob.mx/actas ofrezca el servicio y localice tu registro; la existencia del portal no garantiza cobertura de cada acta. Puedes revisar también el resto de trámites de Registro Civil, como la copia del acta de nacimiento, que suele pedirse como documento de soporte para registrar la defunción.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo el certificado médico de defunción y el acta de defunción?
No. El certificado médico lo emite un médico y es el documento que necesitas para tramitar el acta. El acta de defunción la emite el Registro Civil a partir de ese certificado, y es el documento legal que te piden para herencia, seguros y pensiones.
¿Puedo sacar el acta de defunción por internet?
Puede existir una vía digital cuando el portal oficial ofrezca ese tipo de acta, la entidad y el registro correspondiente. Comprueba esos puntos antes de pagar; si no aparece, consulta la oficialía donde se asentó la defunción. El primer registro es presencial.
¿El acta digital tiene la misma validez que la de papel?
La copia certificada digital cuenta con mecanismos de autenticidad, como QR o sello. Confirma los requisitos del trámite receptor y usa su verificador oficial; no se promete aceptación universal de cualquier impresión.
¿Cuánto cuesta el acta de defunción?
El registro y la expedición de copias son conceptos distintos. Sus cuotas y exenciones dependen de la entidad y del canal; confirma el concepto y el importe vigente antes de pagar.
¿Quién puede registrar una defunción?
Un familiar directo (cónyuge, hijos, padres) o cualquier persona con carta poder otorgada por la familia. En la práctica, muchas funerarias apoyan con el trámite bajo autorización de los familiares.
¿Cuánto tiempo tengo para registrar la defunción?
Depende del estado. En Tabasco es dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento; pasado ese plazo puede aplicarse una multa. Conviene registrarla cuanto antes, porque con el registro se obtiene el permiso de inhumación o cremación.
¿Qué necesito para la cremación?
Además del registro de la defunción, se requiere el permiso de cremación que emite la Secretaría de Salud. Así lo pide, por ejemplo, Michoacán. La funeraria suele orientarte sobre este permiso adicional.
Mi familiar falleció en el extranjero, ¿qué hago?
Puedes registrar la defunción en el consulado o embajada de México (es gratuito) y esa acta vale en territorio mexicano sin apostilla. La otra opción es insertar el acta extranjera —apostillada y traducida— en un Registro Civil en México.

Acta de defunción por estado

Costos, oficinas y citas cambian en cada entidad. Elige tu estado para la guía local:

Fuentes oficiales

  1. Copia certificada de actas en línea — Plataforma Nacional del Registro CivilConsultado el 16 de julio de 2026
  2. Certificados de defunción y de muerte fetal — Secretaría de SaludConsultado el 16 de julio de 2026
  3. Registro Civil CDMX — actas con QR y sello digitalConsultado el 16 de julio de 2026
  4. Costo de copia certificada del acta — Finanzas CDMXConsultado el 16 de julio de 2026
  5. Registro de defunción — Gobierno de TabascoConsultado el 16 de julio de 2026
  6. Registro de defunciones — Registro Civil de MichoacánConsultado el 16 de julio de 2026
  7. Registro de defunción de mexicanos en el extranjero (ficha SRE94)Consultado el 16 de julio de 2026
  8. Copias certificadas del acta de defunción en representación consular (ficha SRE97)Consultado el 16 de julio de 2026
  9. Yucatán CJ000-1190: registro de defunción, costo publicado y requisitosConsultado el 24 de octubre de 2026

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