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Reglamento de tránsito en Colima: qué norma aplica, multas y alcoholímetro

Última verificación: 9 de octubre de 2026 · Dependencia: Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado de Colima (Ley de Movilidad Sustentable) y Policía Vial de cada ayuntamiento
Reglamento de tránsito en Colima, escena ilustrativa.
En esta guía

En Colima no hay un reglamento de tránsito estatal para las calles. La norma de fondo es la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima (2017, última reforma del 11 de marzo de 2023), pero el tránsito lo controla cada ayuntamiento con su propio reglamento y su propio tabulador. En Manzanillo, cuyo reglamento leímos completo, las faltas más comunes cuestan de 10 a 30 UMA —de $1,173.10 a $3,519.30 en 2026— y manejar en tercer grado de ebriedad llega a 50 UMA ($5,865.50). Para el marco general (federación, estados y municipios), revisa la guía nacional del reglamento de tránsito.

Qué norma aplica en Colima y dónde leerla

La Ley estatal deja a cada ayuntamiento “el control de tránsito y la vialidad” (artículo 22, fracción IX), así que lo que te aplica depende del municipio:

NormaNivelPublicación o última reformaDónde leerla
Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de ColimaEstatalReformada el 11-mar-2023Orden Jurídico Nacional
Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de ManzanilloMunicipalReformado el 22-sep-2018PDF del Ayuntamiento
Reglamento de Tránsito y de la Policía Vial, homologado, del Municipio de TecománMunicipalPublicado el 04-jul-2015Periódico Oficial
Reglamento del Municipio de Colima (capital)MunicipalNo localizado en fuente oficialPídelo en el Ayuntamiento

Dos trampas: la Ley del Transporte y de la Seguridad Vial de 2006 quedó abrogada en 2017, y el “Reglamento de Tránsito y de la Policía Vial” de 2015 que circula como estatal es en realidad el de Tecomán, sin montos en su tabulador. Si vives en la capital, no tomes las cifras de Manzanillo como tuyas.

Quién te multa. En carretera federal, la Guardia Nacional. En las calles, la Policía Vial de tu municipio; en Manzanillo, la Dirección General de Seguridad Pública y Policía Vial. La Secretaría de Movilidad estatal califica las boletas por infracciones a la Ley —sobre todo de transporte público— y las turna a Planeación y Finanzas para su cobro (artículo 396).

Las reglas que más multan en Colima

Desde 2023, la Ley estatal exige cinturón para todos, casco conforme a la NOM y celular solo con manos libres (artículo 82). El reglamento de Manzanillo es anterior y tiene reglas propias.

Velocidad

Si no hay señal, Manzanillo fija estos topes (artículo 135):

VíaMáximaMínima
Carreteras70 km/h30 km/h
Libramientos70 km/h50 km/h
Avenidas, calzadas y bulevares60 km/h30 km/h
Calles30 km/h20 km/h
Escuelas, hospitales, plazas, parques, mercados y templos20 km/h10 km/h

A 50 metros de una escuela baja a 10 km/h desde media hora antes hasta media hora después de la entrada y la salida. Ojo con las avenidas: sin señal, la Ley estatal remite a la ley general (artículo 82, fracción XXVI), que marca 50 km/h en avenidas primarias, no 60. Las normas no coinciden; a 50 km/h cumples con ambas.

Cinturón, celular, casco y más en Manzanillo

  • Cinturón: si un pasajero no lo usa, respondes tú como conductor (artículo 53).
  • Niños: menores de 4 años, en silla de seguridad y atrás (artículo 60). Llevar adelante a menores de 8 también se multa.
  • Celular: prohibido manipularlo, igual que otro equipo electrónico o audífonos, con el vehículo en movimiento (artículo 53).
  • Casco: abrochado, para conductor y pasajeros de moto y de bicicleta (artículos 37, 44 y 59).
  • Carga pesada: los camiones unitarios de 2 a 4 ejes entran al centro solo de 9:00 a 12:00 y de 15:00 a 18:00; los tractocamiones articulados no entran a las colonias salvo para cargar o descargar de 22:00 a 6:00, y solo por el libramiento El Colomo–El Naranjo (artículo 191).
  • Freno de motor y luces: prohibido el freno de motor en zona urbana y las luces LED, de xenón, rojas o azules en autos particulares. Multa de 20 a 30 UMA ($2,346.20 a $3,519.30), códigos 031 y 032.

Multas comunes en Manzanillo (UMA y pesos 2026)

Los pesos salen de multiplicar cada UMA por $117.31, el valor vigente desde el 1 de febrero de 2026.

FaltaCódigoUMAPesos 2026
Exceso de velocidad en zona urbana o escolar050 / 05130$3,519.30
No respetar la luz roja del semáforo12025$2,932.75
Sentido contrario03820$2,346.20
No respetar el ALTO o el CEDA EL PASO11820$2,346.20
Sin placas o sin tarjeta de circulación01820$2,346.20
Ocupar un lugar para personas con discapacidad07520$2,346.20
Sin cinturón (conductor o pasajeros)04215$1,759.65
Manejar manipulando el celular06215$1,759.65
Licencia vencida o que no es del tipo que corresponde058 / 05915$1,759.65
Estacionarte en lugar prohibido con señal o en doble fila076 / 07310$1,173.10
Casco sin abrochar, hacia atrás o sin NOM098 / 10010$1,173.10
Menores de 8 años adelante o de 4 sin silla14510$1,173.10
  • Sin casco: no hay un código específico; revisa cuál anotó el agente.
  • Grúa: el traslado no puede pasar de 5 UMA ($586.55), más pensión y multa (artículo 259).
  • Reincidencia: la misma falta en seis meses va al monto máximo (artículo 264) y el artículo 270 prevé doble multa.
  • Tope por ingreso: si eres jornalero, obrero o trabajador, la multa no excede un día de tu salario; acredítalo ante el Juez Calificador en 10 días hábiles (artículo 265).
  • Pronto pago: primera infracción pagada en 15 días naturales = “el monto mínimo establecido en el tabulador” (artículo 266). Como el tabulador no tiene rangos, el ahorro no se puede calcular: pregunta en la Tesorería.

Para la capital y los demás municipios no publicamos montos. Si tu boleta viene en UMA o días de salario, multiplica por $117.31; si la infracción es anterior al 1 de febrero de 2026, confirma qué valor de UMA te aplican.

Alcoholímetro en Manzanillo

LecturaClasificaciónConsecuenciaMulta
0.50 a 0.79Aliento alcohólicoYa no puedes manejar: otro conductor se lleva el auto o va al corralón20 UMA ($2,346.20)
0.80 a 1.79Primer grado de ebriedadDetención preventiva de hasta 72 horas y aseguramiento del vehículo30 UMA ($3,519.30)
1.80 a 2.79Segundo gradoDetención y procedimiento penal40 UMA ($4,692.40)
2.80 a 3.99Tercer gradoDetención y procedimiento penal50 UMA ($5,865.50)

El artículo 249 da estas cifras en “mg” sin precisar la unidad: no las compares con los 0.25 mg/L de la ley general. Si reincides dentro de un año, la Ley estatal suma a la multa un arresto administrativo inconmutable (artículo 389). La única cifra segura es cero.

Cómo pagar o impugnar una multa en Colima

  1. Revisa la boleta. En Manzanillo debe traer el código y el artículo de la falta (artículo 247). Si no ibas en el vehículo, se notifica al propietario, que tiene 5 días naturales para alegar ante la Dirección Operativa de Policía Vial (artículo 248).
  2. Cuida tus documentos. Solo pueden retenerte placa, licencia o permiso si tu vehículo es de otro estado o del extranjero (artículos 79 y 262).
  3. Paga. En la Tesorería Municipal de Manzanillo o en “Pagos en Línea (incluye Multas Viales)” del portal del Ayuntamiento, que te lleva a la plataforma externa gob-digital.mx. El enlace equivalente del Ayuntamiento de Colima marcó error el 9 de octubre de 2026. Las multas por la Ley estatal se pagan en oficinas recaudadoras o por medios electrónicos (artículo 397).
  4. O impugna. En Manzanillo, con el recurso de inconformidad ante la autoridad que te multó o el de revisión ante su superior, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Colima y sus Municipios (artículos 272 a 275), o directo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Contra una multa estatal, el recurso de inconformidad ante la Secretaría de Movilidad suspende el plazo para pagar (artículo 401). No confirmamos los plazos: actúa en cuanto recibas la boleta.
  5. No la dejes pendiente. Mientras debas multas impuestas conforme a la Ley de Movilidad o sus reglamentos, el estado bloquea tus trámites de registro vehicular, licencias y transporte público (artículo 398).

En persona: Ayuntamiento de Manzanillo, Casino de la Feria, Av. Sor Juana Inés de la Cruz s/n, Salagua, C.P. 28869, tel. (314) 137 2220. El horario no está publicado; llama antes.

Preguntas frecuentes en Colima

¿Hay un reglamento de tránsito estatal en Colima?
No para las calles. La norma estatal es la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, de 2017 y reformada en 2023, pero el control del tránsito lo tiene cada ayuntamiento con su propio reglamento. La antigua Ley del Transporte y de la Seguridad Vial de 2006 está abrogada desde 2017.
¿Cuál es el límite de velocidad en Manzanillo si no hay señal?
Según el artículo 135 del reglamento municipal: 30 km/h en calles, 60 en avenidas, calzadas y bulevares, 70 en carreteras y libramientos, y 20 cerca de escuelas, hospitales, plazas, parques, mercados y templos. A 50 metros de una escuela baja a 10 km/h en los horarios de entrada y salida. Ojo: la ley general, a la que remite la ley estatal, marca 50 km/h en avenidas primarias.
¿Cuánto cuesta la multa por exceso de velocidad en Manzanillo?
30 UMA, es decir, $3,519.30 con la UMA 2026. Es el mismo monto en zona urbana (código 050) y en zona escolar (código 051). Si repites la falta dentro de seis meses, te cobran el monto máximo y el reglamento prevé doble multa.
¿Cuánto alcohol se permite para manejar en Manzanillo?
Desde 0.50 en el alcoholímetro ya no puedes seguir manejando y te multan con 20 UMA ($2,346.20). Desde 0.80, primer grado de ebriedad, hay detención preventiva de hasta 72 horas y te aseguran el vehículo; arriba de 1.79 se sigue la vía penal. El reglamento no precisa la unidad de esas cifras, así que lo único seguro es no tomar.
¿Me pueden quitar la placa o la licencia por una multa en Manzanillo?
Solo si tu vehículo es de otro estado o del extranjero: en ese caso pueden retener la placa, la licencia o el permiso para garantizar el pago (artículos 79 y 262 del reglamento). Si tu auto es de Colima, no deben retenerte documentos para garantizar la multa, aunque en casos como el alcohol el vehículo sí puede ir al corralón.

Fuentes oficiales

  1. Orden Jurídico Nacional — Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima: ficha (publicación 30-ene-2017, última reforma 11-mar-2023)Consultado el 9 de octubre de 2026
  2. Orden Jurídico Nacional — Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, texto (Decreto 240; arts. 22, 82, 384, 386–398, 401–402)Consultado el 9 de octubre de 2026
  3. Orden Jurídico Nacional — Listado de ordenamientos estatales de ColimaConsultado el 9 de octubre de 2026
  4. Congreso de Colima — Ley del Transporte y de la Seguridad Vial (2006), abrogada en 2017: solo como antecedenteConsultado el 9 de octubre de 2026
  5. Ayuntamiento de Manzanillo — Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Manzanillo (P.O. 30-sep-2017, última reforma 22-sep-2018) y tabuladorConsultado el 9 de octubre de 2026
  6. Ayuntamiento de Manzanillo — Leyes, reglamentos y acuerdos (reglamento listado como vigente)Consultado el 9 de octubre de 2026
  7. Ayuntamiento de Manzanillo — Portal oficial (Pagos en Línea con multas viales, domicilio y teléfono)Consultado el 9 de octubre de 2026
  8. Periódico Oficial El Estado de Colima — Reglamento de Tránsito y de la Policía Vial homologado del Municipio de Tecomán (04-jul-2015)Consultado el 9 de octubre de 2026
  9. Ayuntamiento de Colima — Portal con enlace de pago de multas vialesConsultado el 9 de octubre de 2026
  10. Ayuntamiento de Colima — Normateca municipalConsultado el 9 de octubre de 2026
  11. DOF — Valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (INEGI, 09-ene-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026

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