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Reglamento de tránsito en México: cuál te aplica, reglas y multas

Última verificación: 9 de octubre de 2026 · Dependencia: Guardia Nacional (carreteras federales) y autoridades de tránsito estatales o municipales
Reglamento de tránsito, escena ilustrativa.
En esta guía

En México no existe un reglamento de tránsito nacional único: en carreteras y puentes federales rige el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, que aplica la Guardia Nacional, y en las calles de tu ciudad manda la ley o el reglamento de tu estado o, en muchos casos, de tu municipio. Consultarlo es gratis y casi todas las multas se calculan en UMA, que en 2026 vale $117.31 al día. Aquí te enseñamos a encontrar el que te aplica, las reglas que más multan y qué hacer si ya te infraccionaron.

¿Qué es el reglamento de tránsito y cuál te aplica?

Es la norma que dice cómo circular —velocidades, preferencias, documentos que debes portar— y qué sanción corresponde a cada falta. Saber cuál te aplica te dice cuánto cuesta en realidad una multa, si tienes descuento y cómo impugnarla. Lo que confunde a casi todos: no hay “un” reglamento, sino tres capas, y la tuya depende de dónde te infraccionaron.

Capa 1: la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (el piso mínimo)

Se publicó en el DOF el 17 de mayo de 2022 y es la ley marco del país, pero no multa a nadie directamente. Obliga a la Federación, los estados y los municipios a incluir en sus reglamentos unas medidas mínimas de tránsito (artículo 49): límites de velocidad, cinturón para todos, casco en motocicleta, cero celular al volante, alcoholemia permanente y tecnología para detectar infracciones, entre otras. Los montos de las multas los fija cada autoridad, y como se cobran conforme a la norma local, revisa si la tuya ya incorporó estos mínimos.

Capa 2: el reglamento federal (solo carreteras y puentes federales)

El Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal se publicó en el DOF en 2012 y solo rige en carreteras y puentes de jurisdicción federal. En 2026 cambió dos veces:

  • DOF del 25 de mayo de 2026 (vigente desde el 26 de mayo): la Guardia Nacional queda como la autoridad que inspecciona, vigila y sanciona. La SICT participa en la verificación.
  • DOF del 13 de agosto de 2026, edición vespertina (vigente desde el 14 de agosto): bajó la mayoría de las multas —el exceso de velocidad de un auto sin remolque pasó de 50–70 a 25–35 cuotas— y agregó reglas de fotomultas y corralón por reincidencia.

Capa 3: tu estado o tu municipio (el que manda en la calle)

En calles, avenidas y carreteras estatales rige la norma local. Hay dos modelos principales:

  • Estatal: un solo reglamento para todo el estado. Es el caso del Reglamento de Tránsito del Estado de México, de aplicación obligatoria en todos sus municipios.
  • Municipal: cada ayuntamiento tiene el suyo, porque la Constitución (artículo 115) pone el tránsito a cargo de los municipios. Ejemplo: el Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey.

También hay esquemas mixtos. En Durango existe una Ley de Tránsito para los Municipios del Estado, y el servicio de tránsito lo presta cada ayuntamiento.

Cómo encontrar el reglamento de tránsito que te aplica

1. Ubica dónde te multaron

Carretera o puente federal: reglamento federal. Calle, avenida o carretera estatal: norma de tu estado o municipio. Pista rápida: si te detuvo la Guardia Nacional en carretera, estás en terreno federal; si fue un agente de tránsito estatal o municipal, rige la norma local.

2. Busca el texto en una fuente oficial

  • Diario Oficial de la Federación (dof.gob.mx): para el reglamento federal y la ley general.
  • Periódico o gaceta oficial de tu estado o municipio: es la publicación con validez legal.
  • Biblioteca legislativa del Congreso de tu estado.
  • Orden Jurídico Nacional de la SEGOB (ordenjuridico.gob.mx) y buscador de legislación de la SCJN (legislacion.scjn.gob.mx): compilan normas de todo el país, pero son informativos; si hay diferencia, vale la gaceta oficial.

Busca el nombre de tu estado o municipio junto con “Ley de Movilidad”, “Ley de Tránsito”, “Reglamento de Tránsito” o “Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de…“.

3. Revisa la fecha de última reforma

Viene en el encabezado. Un PDF viejo puede traer montos que ya cambiaron: el reglamento federal, por ejemplo, se reformó dos veces en 2026; la última, el 13 de agosto.

4. Lee el artículo de tu boleta, las sanciones, los descuentos y los recursos

Ve al artículo que cita tu boleta y luego al capítulo de sanciones o tabulador, donde viene el número de UMA. Si no hay montos, pregunta a la autoridad de tránsito dónde está publicado el tabulador; puede estar en otra norma local, como la ley de ingresos. Ubica también el artículo de descuentos por pronto pago y el de recursos: ante quién y en qué plazo impugnar.

Ejemplos: así cambia la norma según dónde estés

EntidadNorma que aplicaNivelDato útilMultas ahí
Estado de MéxicoReglamento de Tránsito del Estado de MéxicoEstatal, para todos los municipios50% de descuento si pagas dentro de 15 días hábilesVer guía
Ciudad de MéxicoReglamento de Tránsito de la Ciudad de MéxicoLocalFotomultas de particulares con placa CDMX por puntos (fotocívicas)Ver guía
JaliscoLey de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco y su ReglamentoEstatalReglamento expedido por Acuerdo DIELAG ACU 023/2023Ver guía
Nuevo León (Monterrey)Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de MonterreyMunicipalLa multa aparece en el portal municipal 24 horas después (48 si fue en fin de semana)Ver guía
DurangoLey de Tránsito para los Municipios del Estado de Durango y reglamento de cada municipioMixtoEl servicio lo prestan los ayuntamientosVer guía

Cómo se calculan las multas: la UMA 2026

Casi todos los reglamentos expresan las multas en UMA (Unidad de Medida y Actualización), no en pesos. Algunos dicen “cuotas diarias”, “veces la cuota diaria” o “días de salario”; en el reglamento federal, una cuota diaria equivale a una UMA.

Valor de la UMAMonto 2026
Diaria$117.31
Mensual$3,566.22
Anual$42,794.64

Valores vigentes desde el 1 de febrero de 2026, publicados por el INEGI en el DOF del 9 de enero de 2026.

La fórmula: multa en pesos = número de UMA × $117.31. Por ejemplo, una multa de 10 a 13 UMA equivale a entre $1,173.10 y $1,525.03 en 2026.

¿Tu reglamento todavía dice “salario mínimo”? Léelo como UMA. La reforma constitucional de desindexación (DOF del 27 de enero de 2016) dispone que toda mención al salario mínimo como unidad de cuenta en leyes federales, estatales y de la CDMX, y en las normas que de ellas emanan, se entiende referida a la UMA.

Si tu infracción es anterior al 1 de febrero de 2026, confirma con la autoridad qué valor de UMA aplica.

Las reglas que más multan

Esto cuesta cada falta en carretera federal según el reglamento vigente tras la reforma de agosto de 2026, convertido con la UMA 2026. En tu ciudad, el monto lo fija tu estado o municipio; en todo el país aplica el piso mínimo de la ley general que verás en cada regla.

Falta en carretera federalMulta (UMA)En pesos (2026)
Exceso de velocidad, auto o moto sin remolque, hasta 20 km/h25 a 30$2,932.75 a $3,519.30
Exceso de velocidad, auto o moto sin remolque, más de 20 km/h30 a 35$3,519.30 a $4,105.85
No adecuar la velocidad a las condiciones del camino15 a 18$1,759.65 a $2,111.58
Arrancones o competencias (autos)25 a 30$2,932.75 a $3,519.30
No usar cinturón o no llevar atrás a menores de 7 años10 a 13$1,173.10 a $1,525.03
Usar celular u otro aparato que interfiera con el manejo7 a 10$821.17 a $1,173.10
Casco y demás obligaciones del motociclista25 a 30$2,932.75 a $3,519.30
Manejar con alcohol o drogas por encima del límite50 a 55$5,865.50 a $6,452.05
Estacionarte en lugar prohibido sin estar en el vehículo30 a 35$3,519.30 a $4,105.85
Desobedecer señales o indicaciones de la Guardia Nacional20 a 23$2,346.20 a $2,698.13
Infracción sin sanción específica10 a 13$1,173.10 a $1,525.03

Velocidad

La ley general fija estos topes máximos:

  • 20 km/h en zonas de hospitales, asilos, albergues y casas hogar.
  • 20 km/h en entornos escolares de vías secundarias y terciarias; hasta 30 km/h en zonas escolares de vías primarias y carreteras.
  • 30 km/h en calles secundarias y terciarias.
  • 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado. Ninguna intersección debe tener una velocidad de operación mayor a 50 km/h.
  • 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado.
  • 80 km/h en carreteras estatales fuera de zona urbana y 50 km/h dentro de ella.
  • 110 km/h autos, 95 km/h autobuses y 80 km/h transporte de carga en carreteras y autopistas federales.

En carretera federal manda el señalamiento. Sin señal, el reglamento federal fija para autos 100 km/h de día y 90 de noche (autobuses, 95 y 80; camiones y tractocamiones, 80 y 70) y 50 km/h en zonas urbanas. En autobús, el exceso se multa con 40 a 55 UMA; en camión o tractocamión, con 30 a 45.

Cinturón, niños y celular

El cinturón es obligatorio para todos los pasajeros, no solo para quien maneja. La ley general pide que los menores de 12 años viajen atrás con sistema de retención infantil o asiento de seguridad; el reglamento federal exige atrás a los menores de 7 años.

Celular: prohibido hablar, leer o enviar mensajes mientras manejas, salvo con manos libres. Si lo necesitas para prestar un servicio de transporte, debe ir en un soporte que no tape la visibilidad.

Casco

Es obligatorio para el conductor y para los pasajeros de motocicleta. Si vas a sacar o renovar tu permiso para moto, revisa la guía de licencia de motocicleta.

Alcoholímetro

Las cifras dependen de la norma, y no coinciden entre sí:

  • Ley general: pruebas de alcoholemia permanentes y prohibido manejar con más de 0.25 mg/L en aire espirado (0.05 g/dL en sangre); motociclistas, más de 0.1 mg/L (0.02 g/dL); transporte de pasajeros y de carga, cualquier concentración.
  • Reglamento federal: sanciona a particulares con más de 0.4 mg/L en aire (0.8 g/L en sangre), y a conductores de autotransporte federal, transporte privado y servicios auxiliares con más de 0.0 mg/L (0.3 g/L en sangre). Además de la multa, te ponen a disposición de la autoridad competente y avisan a quien emitió tu licencia. Negarte a la prueba se sanciona igual.

En la ciudad, cada estado fija su límite. No apuestes a la cifra más alta: lo único seguro es no tomar nada si vas a manejar.

Estacionamiento y fotomultas

En carretera federal, si dejas el vehículo en lugar prohibido y afecta la circulación, la grúa se lo lleva al depósito. Si ya te pasó, revisa cómo hacer la recuperación del corralón.

Las fotomultas tienen base en la ley general, que permite usar tecnología para detectar infracciones. Desde agosto de 2026, el reglamento federal multa igual el exceso de velocidad captado por dispositivos electrónicos, y la Guardia Nacional debe publicar las infracciones en su sitio oficial (boleta, falta, placa y si está pagada) en un plazo de 72 horas. En las ciudades, cada estado opera su esquema; para saber si tienes fotomultas por tu placa, sigue la guía de multas de tránsito.

Qué hacer si te multaron

Ten a la mano el lugar exacto de la infracción (carretera federal o estatal, calle y municipio), la boleta (folio, artículo citado y número de expediente del agente) o tu placa, y tu licencia y tarjeta de circulación vigentes, que la ley general exige portar.

En carretera federal (Guardia Nacional)

  1. Revisa la boleta. Debe traer nombre, grado, número de expediente, adscripción y firma del elemento. El original es para ti, y deben informarte que puedes impugnar.
  2. Considera el descuento. Si reconoces expresamente la falta en la boleta, se aplica el mínimo del rango con 25% de reducción. Si además pagas dentro de los 15 días hábiles siguientes, se suma otro 25%. Confirma con la autoridad cómo se combinan antes de pagar.
  3. Paga a tiempo. Tienes 30 días hábiles; si no, la multa se turna a la autoridad fiscal para su cobro. Sigue las instrucciones de pago de tu boleta.
  4. O impúgnala. Presenta un recurso de revisión ante la Coordinación de la Guardia Nacional o una de sus estaciones en el estado donde te multaron, dentro de los 15 días hábiles siguientes a que surta efectos la notificación. En su defecto, puedes promover juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con un plazo de 30 días. El medio de defensa suspende el cobro cuando la ley lo permite.
  5. Cuida la reincidencia. Con la cuarta infracción de la misma naturaleza en seis meses, o si no acreditas el documento de circulación, el vehículo va a un depósito permisionado por la SICT; lo liberas pagando o garantizando la multa.

En tu ciudad o estado

Descuentos, plazos y recursos dependen de tu norma local; en el Estado de México, por ejemplo, el descuento es de 50% si pagas dentro de 15 días hábiles. Para consultar por placa, pagar e impugnar en tu entidad, entra a la guía de multas de tránsito.

Casos especiales

  • Transporte de pasajeros y de carga: la ley general no tolera ninguna concentración de alcohol, y en carretera federal el límite para el autotransporte federal es de 0.0 mg/L en aire. Si manejas esas unidades, además necesitas la licencia federal de conductor.
  • Placas o tarjeta robadas o en reposición: en carretera federal no te multan por no traer placas, tarjeta de circulación o engomado si llevas el acta de robo o extravío (de no más de 15 días naturales) o la constancia de reposición (de no más de 30). Para reponerlas, revisa tarjeta de circulación y placas y emplacamiento.
  • Licencia de manejo: la ley general obliga a exigir examen de valoración integral, teórico y práctico para obtenerla o renovarla, con vigencia de hasta cinco años. Los requisitos de tu estado están en la guía de licencia de conducir.

Consulta las reglas del estado donde circulas

Identifica primero la vía y el municipio de tu boleta. Una tabla de multas municipales debe leerse con ese alcance; para una carretera federal corresponde consultar la norma federal. Estas guías separan las referencias estatales de los casos municipales que documentan:

EstadoGuía para identificar la norma y consultar sus reglas
PueblaReglamento de tránsito en Puebla
GuanajuatoReglamento de tránsito en Guanajuato
Baja CaliforniaReglamento de tránsito en Baja California
SonoraReglamento de tránsito en Sonora
QuerétaroReglamento de tránsito en Querétaro
SinaloaReglamento de tránsito en Sinaloa
San Luis PotosíReglamento de tránsito en San Luis Potosí
YucatánReglamento de tránsito en Yucatán
Quintana RooReglamento de tránsito en Quintana Roo
AguascalientesReglamento de tránsito en Aguascalientes

Consulta también el listado de guías estatales de esta página para las demás entidades. Antes de pagar, comprueba el artículo citado y la autoridad que expidió tu infracción.

Errores comunes al leer un reglamento de tránsito

  • Leer el reglamento equivocado. El federal no aplica en las calles de tu ciudad, y el de un municipio no aplica en el de al lado.
  • Usar un PDF viejo. En agosto de 2026 bajaron los rangos de multa federales; un documento anterior te dará cifras que ya no existen.
  • Pensar que dentro del límite no te pueden multar. En carretera federal también se sanciona no adecuar la velocidad a las condiciones del camino.
  • Dejar correr los plazos. Los descuentos y el recurso de revisión se cuentan en días hábiles; si se vencen, pierdes el beneficio o el derecho a defenderte.

Para ver el resto de trámites de tu auto —placas, licencia, tenencia y verificación— pasa por el hub de trámites vehiculares.

Preguntas frecuentes

¿Existe un reglamento de tránsito nacional en México?
No. Hay una ley marco, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que obliga a Federación, estados y municipios a incluir mínimos como límites de velocidad, cinturón y casco, pero no cobra multas. En carreteras federales rige un reglamento federal y en las calles, el de tu estado o tu municipio.
¿Qué reglamento aplica en la carretera o autopista?
Si es una carretera o un puente de jurisdicción federal, aplica el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal y quien te multa es la Guardia Nacional. Si es una carretera estatal, rige la ley o el reglamento de tránsito de ese estado, con su propio tabulador de multas.
¿La Guardia Nacional puede ponerme una multa?
Sí. La reforma al reglamento federal publicada en el DOF el 25 de mayo de 2026, vigente desde el día siguiente, faculta a la Guardia Nacional para inspeccionar, vigilar y sancionar en carreteras y puentes federales. Al imponerte la multa, debe informarte que puedes impugnarla.
¿Cuánto vale la UMA en 2026 y cómo paso una multa a pesos?
La UMA diaria vale $117.31 desde el 1 de febrero de 2026, según el valor publicado por el INEGI en el DOF. Multiplica el número de UMA, cuotas o días que marca tu reglamento por $117.31. Si tu reglamento todavía dice salario mínimo, por ley se lee como UMA.
¿Cuánto es la multa por no usar cinturón en carretera federal?
De 10 a 13 UMA, es decir, de $1,173.10 a $1,525.03 con la UMA 2026. El mismo artículo del reglamento federal sanciona no llevar a los menores de 7 años en los asientos traseros. En las calles de tu ciudad, el monto lo fija tu estado o tu municipio.
¿Cuál es el límite de alcohol para manejar?
Depende de la norma. La ley general fija 0.25 mg/L en aire espirado (0.1 para motociclistas y cero para transporte de pasajeros y carga). En carretera federal, el reglamento sanciona a conductores particulares arriba de 0.4 mg/L. Cada estado fija el suyo: lo único seguro es no tomar nada.
¿Cuál es la velocidad máxima en carretera federal?
La ley general marca 110 km/h para autos, 95 para autobuses y 80 para transporte de carga. Siempre manda el señalamiento; si no hay señal, el reglamento federal fija para autos 100 km/h de día y 90 de noche. En zonas urbanas el tope es de 50 km/h.
¿Cómo impugno una multa federal de tránsito?
Con un recurso de revisión ante la Coordinación de la Guardia Nacional o una de sus estaciones en el estado donde te multaron, dentro de los 15 días hábiles siguientes a que surta efectos la notificación. En su defecto, puedes promover juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Reglamento de tránsito por estado

Costos, oficinas y citas cambian en cada entidad. Elige tu estado para la guía local:

Fuentes oficiales

  1. DOF — Decreto que reforma el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal (25-may-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
  2. DOF — Decreto que reforma el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, edición vespertina (13-ago-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
  3. DOF — Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, texto original (2012)Consultado el 9 de octubre de 2026
  4. DOF — Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (17-may-2022)Consultado el 9 de octubre de 2026
  5. DOF — Reforma al art. 49 de la LGMSV: velocidad en zonas escolares y de hospitales (08-may-2023)Consultado el 9 de octubre de 2026
  6. Cámara de Diputados — Ley General de Movilidad y Seguridad Vial: texto vigente y reformasConsultado el 9 de octubre de 2026
  7. DOF — Valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (INEGI, 09-ene-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
  8. DOF — Reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo (27-ene-2016)Consultado el 9 de octubre de 2026
  9. Orden Jurídico Nacional — Ley Federal de Procedimiento Administrativo (recurso de revisión)Consultado el 9 de octubre de 2026
  10. Orden Jurídico Nacional (SEGOB) — Compilación de normas federales, estatales y municipalesConsultado el 9 de octubre de 2026
  11. Secretaría de Seguridad del Estado de México — Infracciones de tránsitoConsultado el 9 de octubre de 2026
  12. Legislación del Estado de México — Reglamento de Tránsito del Estado de MéxicoConsultado el 9 de octubre de 2026
  13. Congreso de Jalisco — Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de JaliscoConsultado el 9 de octubre de 2026
  14. Municipio de Monterrey — Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de MonterreyConsultado el 9 de octubre de 2026
  15. Municipio de Monterrey — Consulta de multas de tránsitoConsultado el 9 de octubre de 2026
  16. Congreso de Durango — Ley de Tránsito para los Municipios del Estado de DurangoConsultado el 9 de octubre de 2026

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