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Reglas de tránsito en Yucatán: normas, multas y aclaraciones

Última verificación: 22 de octubre de 2026 · Dependencia: Secretaría de Seguridad Pública de Yucatán y Jueces de Vialidad; Agencia de Administración Fiscal de Yucatán para recaudación
Conductora con cinturón en un auto estacionado en una calle ilustrativa de Yucatán.
En esta guía

En Yucatán puedes descargar gratis el reglamento estatal y revisar su catálogo de multas: usar celular fuera de la excepción de manos libres se sanciona con 19–25 UMA. La SSP aplica infracciones estatales y la AAFY las recauda. Antes de identificar una boleta, consulta la guía nacional del reglamento de tránsito para distinguir la jurisdicción estatal de una carretera federal.

Qué normas debes consultar en Yucatán

Hay tres documentos con funciones diferentes. La Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, publicada el 22 de febrero de 2011, conserva como última reforma la del 13 de diciembre de 2019. Su Reglamento se publicó el 21 de junio de 2011 y el texto oficial consultado incorpora reformas hasta el 26 de mayo de 2025.

La Ley de Movilidad y Seguridad Vial, con reforma del 31 de diciembre de 2025, convive con ellos. Su artículo 5 II incluye la Ley de Tránsito como supletoria. El segundo transitorio abrogó las leyes de Transporte, Seguridad Vial y Fomento al Uso de la Bicicleta; no incluyó la Ley de Tránsito.

Para una infracción de la SSP, revisa la conducta y sanción citadas en la boleta y el Anexo I del Reglamento. Las fichas oficiales de aclaración siguen remitiendo a esas disposiciones. No atribuyas a un supuesto reglamento municipal de Mérida una sanción que la SSP fundó en normas estatales.

Reglas de seguridad y diferencias con el marco nacional

Cinturón, teléfono, casco y menores

El artículo 204 I obliga a conductor y pasajeros a usar cinturón cuando el vehículo cuente con ese dispositivo. El 197 I prohíbe usar telefonía y otros medios de comunicación durante la conducción, con excepción de manos libres y los supuestos específicos que describe la disposición.

El 290 exige casco tanto al conductor como a los pasajeros de vehículos menores motorizados. Llevarlo únicamente en el manubrio no cumple la obligación de utilizarlo.

El artículo 48 conserva una referencia a menores de cinco años. Esa edad no debe leerse como autorización para que los mayores viajen delante sin protección: el artículo 49 VI de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial exige que menores de doce años, o quienes lo necesiten por su constitución física, viajen atrás con sistema de retención o asiento de seguridad conforme a la norma aplicable.

Velocidad: evita interpretar una cifra antigua como permiso

Los artículos 235–237 regulan señalización y velocidad. El texto estatal conserva 40 km/h en calles, 60 en avenidas y referencias de 90 km/h para ciertos carriles del Periférico de Mérida. Para zonas escolares, hospitales, templos y centros de reunión indicados señala 20 km/h.

Existe una discrepancia con los máximos nacionales del artículo 49 III: 30 km/h en calles secundarias y terciarias, 50 en avenidas primarias sin acceso controlado y 80 en carriles centrales de avenidas de acceso controlado. Por eso, esta página no presenta 40, 60 o 90 como una autorización general para circular a esas velocidades. Identifica la clase de vía, atiende el señalamiento y la restricción más protectora; reduce además por lluvia, visibilidad o peatones.

Alcohol: tampoco uses el valor antiguo como tolerancia

El artículo 328 estatal conserva 0.40 mg/L en aire espirado y una redacción de unidades sanguíneas que no se convierte aquí. El mínimo nacional del 49 XII es más estricto: prohíbe superar 0.25 mg/L en aire o 0.05 g/dL en sangre; en motocicleta, 0.1 mg/L o 0.02 g/dL. En transporte de pasajeros y carga, prohíbe cualquier concentración.

La discrepancia no significa que puedas beber hasta el valor estatal. Evita conducir después de consumir alcohol. Una boleta concreta exige revisar fundamento, medición y autoridad; no calculamos su sanción con umbrales contradictorios.

Multas del catálogo estatal y referencia en pesos de 2026

El artículo 470 remite al Anexo I. La UMA diaria es $117.31 desde el 1 de febrero de 2026, según INEGI. Estos son rangos del catálogo convertido a pesos, sin pronto pago ni cargos adicionales:

ConductaArtículo y página del Anexo IUMAPesos orientativos
No usar cinturón, conductor o pasajeros204 I, p.25216–18$1,876.96–$2,111.58
Usar celular fuera de la excepción indicada197 I, p.25519–25$2,228.89–$2,932.75
No utilizar casco, conductor o pasajeros de moto290, p.24913–15$1,525.03–$1,759.65
Circular fuera de límites de velocidad en calles236 V, p.25619–25$2,228.89–$2,932.75
Estacionarse en doble fila265 VIII, p.2356–8$703.86–$938.48
Estacionarse en paso peatonal, rampa o a menos de cinco metros265 XI, p.25619–25$2,228.89–$2,932.75
Ocupar cajón exclusivo para discapacidad sin corresponder270, p.25619–25$2,228.89–$2,932.75
Estacionarse sobre infraestructura ciclista265 XXIV, p.25216–18$1,876.96–$2,111.58
Cambiar intempestivamente de carril226, p.2316–8$703.86–$938.48
Circular sin alguno de los faros principales en auto29, p.2201–5$117.31–$586.55

Las páginas corresponden al PDF oficial de 273 páginas. El 451 exige usar la UMA del día de la infracción y permite individualizar dentro del rango; reincidencia, tipo de vehículo y circunstancias modifican el resultado. Los artículos 475–477 contienen reglas específicas para transporte público y vehículos menores.

En velocidad, superar en más de 30% el máximo es infracción muy grave conforme al 447 VIII; no corresponde asumir la fila genérica. El estacionamiento sobre infraestructura ciclista también prevé retención. La tabla es una conversión editorial, no una liquidación del adeudo.

Cuándo procede el descuento de pronto pago

El artículo 474 reduce la multa si se hace efectiva dentro de los primeros quince días de cometida la infracción:

  • 50%, tratándose de primera infracción.
  • 25%, cuando se comete por segunda vez, en los términos del artículo 451.

Las infracciones muy graves quedan excluidas. El texto no dice quince días hábiles. La SSP debe confirmar antecedentes y clasificación antes de aplicar el beneficio; no basta con que sea tu primer pago del año.

AAFY para cobro; Jueces de Vialidad para aclaración

La ficha AAFY0-511 pide boleta original o número de placa de Yucatán. Para placas de otra entidad exige boleta original, o copia sellada autorizada, y señala pago en Centro de Servicios Yucatán o cajas de los módulos SSP, Fiscalía o Corralón.

Confirma el canal antes de intentar pagar por internet: la ficha anuncia pago digital, pero también contiene un aviso de indisponibilidad en línea. No podemos garantizar que cualquier folio se pueda liquidar digitalmente. Para cobro, el contacto AAFY es 999 930 30 00.

La aclaración ante Jueces de Vialidad de la SSP es gratuita y presencial. Lleva identificación, boleta original y número de placa; hay requisitos adicionales para representación o personas morales. La ficha SSP00-2059 publica atención personal de lunes a viernes de 09:00 a 14:00, en Periférico Poniente km 45, Polígono Caucel-Susulá, Mérida. Su teléfono es 999 930 32 00, extensión 49064.

El 482 prevé recurso de revisión ante el Juez de Vialidad que impuso la sanción y remite el procedimiento a la Ley de Actos y Procedimientos Administrativos. Los quince días del descuento no son un plazo de defensa. Consulta de inmediato la notificación y la norma procesal vigente; esta guía no fija un plazo formal sin verificar esa norma.

Preguntas frecuentes en Yucatán

¿Dónde descargo el reglamento de tránsito de Yucatán gratis?
En el Registro de Regulaciones estatal. El PDF tiene 273 páginas, reforma del 26 de mayo de 2025 y catálogo de infracciones en su Anexo I.
¿La Ley de Movilidad de Yucatán sustituyó a la Ley de Tránsito?
No. Su artículo 5 conserva la Ley de Tránsito como supletoria. El segundo transitorio abrogó las leyes de Transporte, Seguridad Vial y Fomento al Uso de la Bicicleta.
¿Cuánto es una multa por celular en Yucatán en 2026?
Son 19–25 UMA por el artículo 197 I, fuera de manos libres; $2,228.89–$2,932.75 orientativos con UMA de 2026. La autoridad determina el importe concreto.
¿Todas las multas de Yucatán tienen 50% de descuento?
No. El artículo 474 prevé 50% en primera y 25% en segunda infracción, en los primeros 15 días. Excluye las muy graves y exige las condiciones del artículo 451.
¿Puedo pagar por internet una infracción con placas de otro estado?
La ficha AAFY0-511 exige pago presencial para placas foráneas, con boleta original o copia autorizada, en Centro de Servicios Yucatán o cajas SSP, Fiscalía o Corralón.
¿Quién aclara una multa de la SSP en Mérida?
Los Jueces de Vialidad ofrecen aclaración presencial gratuita con identificación, boleta y placa. Teléfono 999 930 32 00, extensión 49064. Aclarar no amplía el plazo formal de defensa.

Fuentes oficiales

  1. Gobierno de Yucatán — Reglamento, reforma 26-may-2025 y Anexo IConsultado el 22 de octubre de 2026
  2. Registro de Regulaciones — vigencia y autoridad del ReglamentoConsultado el 22 de octubre de 2026
  3. Congreso de Yucatán — Ley de Tránsito y Vialidad, reforma 13-dic-2019Consultado el 22 de octubre de 2026
  4. Congreso de Yucatán — Ley de Movilidad, reforma 31-dic-2025Consultado el 22 de octubre de 2026
  5. AAFY — Pago de Infracciones Estatales de Tránsito, ficha AAFY0-511Consultado el 22 de octubre de 2026
  6. SSP — Aclaración de Infracciones, ficha SSP00-2059Consultado el 22 de octubre de 2026
  7. INEGI — UMA 2026, vigente desde el 1 de febreroConsultado el 22 de octubre de 2026
  8. Cámara de Diputados — Ley General de Movilidad, artículo 49Consultado el 22 de octubre de 2026

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