Reglamento de tránsito de la CDMX: multas, puntos y alcoholímetro
En esta guía
En la Ciudad de México las reglas para circular están en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, con última reforma verificada en la Gaceta Oficial del 10 de octubre de 2025. Lo aplica la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y fija las multas en UMA: las más comunes van de 5 a 60 UMA, de $586.55 a $7,038.60 en 2026, con 50% de descuento si pagas dentro de 30 días naturales. Si das positivo en el alcoholímetro no hay multa que pagar: hay arresto. Para saber qué norma rige en carretera federal o en otro estado, consulta la guía del reglamento de tránsito en México.
Qué norma aplica en la CDMX y dónde leerla
Las alcaldías no tienen reglamento propio: un solo texto rige en toda la ciudad, sin importar de qué estado o país sea tu placa (art. 1). Lo complementa la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, con última reforma en la Gaceta Oficial del 27 de agosto de 2025, que regula la suspensión y cancelación de licencias.
El texto completo está en la compilación de la PAOT, organismo del Gobierno de la CDMX. Es informativa: la versión con validez legal es la de la Gaceta Oficial. La reforma de octubre de 2025 tocó sobre todo a los vehículos con sustancias peligrosas.
Hay reformas de 2026 reportadas que todavía no aparecen en esa compilación, entre ellas una sobre vehículos motorizados eléctricos personales. Si tu caso tiene que ver con ellos, confírmalo en la Gaceta Oficial.
Mínima, media o máxima: quién decide cuánto pagas
Cada falta tiene tres montos en UMA y el agente no escoge: el sistema asigna la mínima si tienes 0 o 1 sanción pendiente, la media con 2 o 3 y la máxima con 4 o más, o si tu placa es de otro estado o país, aunque sea tu primera falta (art. 64).
Con placa foránea, además, el agente retira tu placa delantera o retiene tu licencia o tarjeta de circulación; te las devuelven en oficinas de la SSC cuando pagas (art. 62).
Las reglas que más multan en la CDMX
Velocidad
A falta de señal, estos son los topes (art. 9). Rebasarlos le cuesta a un particular 10 / 15 / 20 UMA.
| Vía | Máximo | Puntos a la licencia |
|---|---|---|
| Carriles centrales de acceso controlado (Periférico, Viaducto, Circuito Interior) | 80 km/h | 3 |
| Vías primarias | 50 km/h | 3 |
| Vías secundarias y laterales | 40 km/h | 3 |
| Zonas de tránsito calmado | 30 km/h | 6 |
| Zonas escolares, hospitales, asilos, albergues y casas hogar | 20 km/h | 6 |
| Estacionamientos y vías peatonales con acceso vehicular | 10 km/h | 6 |
En las tres últimas, transporte público y de carga pagan 20 / 25 / 30 UMA. Si te capta una cámara, la sanción va a la placa: de 1 a 5 puntos, y 5 directos si rebasas el límite en más de 40%. Con sustancias peligrosas, el tope es de 30 km/h en cualquier vía.
Cinturón, celular, casco y niños
- Cinturón: para ti y para todos tus pasajeros. 5 / 7 / 10 UMA y 1 punto (art. 37).
- Celular: solo puedes manipularlo, igual que el GPS, con el vehículo detenido. 30 / 32 / 35 UMA, 3 puntos a la licencia y 1 a la placa (art. 38): la multa más cara entre las faltas comunes de manejo.
- Casco: certificado, puesto y abrochado, para quien maneja la moto y para su acompañante. 10 / 15 / 20 UMA, 3 puntos y la moto al depósito.
- Niños: menores de 12 años o de menos de 1.45 m van atrás, en sistema de retención infantil o asiento elevador certificado: 5 / 7 / 10 UMA (art. 39). En moto no pueden ir menores de 12: 10 / 15 / 20 UMA y depósito.
Multas comunes en la CDMX: UMA y pesos 2026
Pesos = UMA × $117.31, valor vigente desde el 1 de febrero de 2026. Son cálculos aritméticos, no cifras impresas por la CDMX.
| Infracción | UMA (mín / media / máx) | Pesos 2026 | Mínima con 50% | Puntos |
|---|---|---|---|---|
| Exceso de velocidad | 10 / 15 / 20 | $1,173.10 a $2,346.20 | $586.55 | 3 o 6 |
| Pasarte el alto | 10 / 15 / 20 | $1,173.10 a $2,346.20 | $586.55 | 3 |
| Usar el celular | 30 / 32 / 35 | $3,519.30 a $4,105.85 | $1,759.65 | 3 |
| No usar cinturón | 5 / 7 / 10 | $586.55 a $1,173.10 | ≈ $293 | 1 |
| Moto sin casco | 10 / 15 / 20 | $1,173.10 a $2,346.20 | $586.55 | 3 |
| Estacionarte en banqueta, cruce peatonal o ciclovía | 10 / 15 / 20 | $1,173.10 a $2,346.20 | $586.55 | 3 |
| Estacionarte con señal restrictiva o guarnición amarilla | 10 / 15 / 20 | $1,173.10 a $2,346.20 | $586.55 | 1 |
| Estacionarte en cajón para personas con discapacidad | 20 / 25 / 30 | $2,346.20 a $3,519.30 | $1,173.10 | 6 |
| Circular o invadir el carril exclusivo de transporte público | 40 / 50 / 60 | $4,692.40 a $7,038.60 | $2,346.20 | 6 |
De 23:00 a 5:00 puedes avanzar con el semáforo en rojo si haces alto total y no viene nadie (art. 10). Invadir el carril exclusivo manda tu auto al depósito, y por cámara siempre se cobra en dinero.
Otras frecuentes:
- Sin placas, tarjeta de circulación, calcomanía o verificación vigente: 20 / 25 / 30 UMA ($2,346.20 a $3,519.30) y depósito.
- Hoy No Circula o humo ostensible: 20 / 25 / 30 UMA, con placa de cualquier entidad.
- Sin seguro de responsabilidad civil vigente: 20 / 30 / 40 UMA ($2,346.20 a $4,692.40). La cancelan si, dentro de 45 días naturales desde su publicación en los estrados electrónicos, presentas ante la SSC tu póliza vigente, identificación y tarjeta de circulación (art. 46).
Si tu infracción es anterior al 1 de febrero de 2026, aplica otro valor de UMA.
Licencia por puntos y Fotocívicas
Licencia. Los puntos de cada boleta duran un año. Con 12, SEMOVI cancela tu licencia y no puedes tramitar otra sino hasta 3 años después; manejar con ella cancelada cuesta el depósito y 180 UMA, $21,115.80 (art. 66). Si una boleta se anula, pide que te descuenten sus puntos con copia de la resolución.
Fotocívicas. Con placa capitalina a nombre de persona física, lo que capta una cámara no se cobra en dinero: se restan puntos a la placa, que arranca cada ciclo de verificación con 10. Según los pierdes, te toca amonestación, cursos en línea, taller presencial y trabajo comunitario (2 horas por punto, hasta 36). Sí es multa en dinero para placas de otro estado o país, personas morales, taxis, transporte público y de carga, y por invadir carriles confinados (art. 64).
Alcoholímetro en la CDMX: arresto sin opción de multa
- Límite para particulares: 0.4 mg/L en aire espirado u 0.8 g/L en sangre (art. 50). La ley general fija 0.25 mg/L; si vas a manejar, no tomes.
- Tolerancia cero: transporte público de pasajeros, escolar, de personal, de emergencia, de carga y de sustancias peligrosas.
- La prueba es obligatoria si cometiste una infracción o muestras síntomas.
- Si rebasas el límite: te presentan ante el Juez Cívico y cumples un arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas. Además, 6 puntos, retención de tu licencia y auto al depósito, salvo vehículos con personas con discapacidad o con sustancias peligrosas (art. 68).
- Si el auto no es tuyo y el conductor no cumple la sanción en 30 días, el dueño paga 60 UMA ($7,038.60) para recuperarlo, más arrastre y almacenaje.
La Ley de Movilidad añade la suspensión o cancelación de la licencia (arts. 67 y 68).
Cómo pagar o impugnar en la CDMX
Pagar. Si te infraccionaron con equipo electrónico, la boleta te llega por celular o correo (art. 64). Tienes 30 días naturales desde la notificación para pagar con 50% de descuento, salvo infracciones de parquímetro (art. 62). Paga en medios electrónicos, centros autorizados, Administraciones Tributarias de la Tesorería (lunes a viernes, de 8:30 a 15:00) o Centros de Servicio Tesorería (todos los días, de 9:00 a 21:00).
Vencido el plazo, pierdes el descuento y se suman recargos y actualización. Con multas de más de 30 días, tu auto puede ir al depósito si te detienen por otra falta, y el verificentro puede exigirte no tener multas (arts. 63 y 67).
Impugnar (art. 69). Hay dos vías, ambas con plazo de 15 días hábiles:
- Recurso de inconformidad ante el superior jerárquico de quien emitió la boleta, contado desde el día siguiente a que surta efectos la notificación o a que conozcas el acto.
- Juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, que acepta la demanda por su Sistema Digital de Juicios.
Para Fotocívicas hay un recurso de revisión en línea ante la Consejería Jurídica; confirma el plazo cuanto antes.
Preguntas frecuentes en Ciudad de México
¿Cuánto es la multa por usar el celular manejando en la CDMX?
¿Qué pasa si no paso el alcoholímetro en la CDMX?
¿Por qué me pusieron la multa máxima si era mi primera infracción en la CDMX?
¿Con cuántos puntos te quitan la licencia en la CDMX?
¿Cuál es el límite de velocidad en las calles de la CDMX?
Fuentes oficiales
- PAOT CDMX — Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, compilación con última reforma en la Gaceta Oficial del 10-oct-2025 (PDF)Consultado el 9 de octubre de 2026
- PAOT CDMX — Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, versión HTMLConsultado el 9 de octubre de 2026
- PAOT CDMX — Índice de reglamentos 2026 (sin compilación de tránsito posterior al 10-oct-2025)Consultado el 9 de octubre de 2026
- PAOT CDMX — Ley de Movilidad de la Ciudad de México (última reforma en la Gaceta Oficial del 27-ago-2025)Consultado el 9 de octubre de 2026
- PAOT CDMX — Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México (recurso de inconformidad, arts. 108-110)Consultado el 9 de octubre de 2026
- PAOT CDMX — Gaceta Oficial de la CDMX del 13-jul-2026: reforma al art. 39 de la Ley de Procedimiento AdministrativoConsultado el 9 de octubre de 2026
- PAOT CDMX — Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (juicio de nulidad, art. 56)Consultado el 9 de octubre de 2026
- DOF — Valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (INEGI, 09-ene-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Tesorería CDMX (SAF) — Directorio de Administraciones Tributarias y Centros de ServicioConsultado el 9 de octubre de 2026
- Tesorería CDMX (SAF) — Oficinas y horarios de atenciónConsultado el 9 de octubre de 2026






