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Reglamento de Tránsito del Estado de México 2026: reglas y multas

Última verificación: 9 de octubre de 2026 · Dependencia: Secretaría de Seguridad del Estado de México
Reglamento de tránsito en Estado de México, escena ilustrativa.
En esta guía

En el Estado de México rige un solo Reglamento de Tránsito del Estado de México, que aplican la Secretaría de Seguridad estatal y las direcciones de tránsito de los municipios con transferencia de tránsito. Su última reforma, publicada el 10 de noviembre de 2025, cambió la forma de cobrar: la misma falta cuesta más si arrastras multas sin pagar. Con la UMA 2026 ($117.31), las multas más comunes van de $351.93 a $2,346.20, y pagas la mitad si liquidas en 15 días hábiles. Si quieres ver primero cómo conviven las normas federal, estatal y municipal, revisa la guía nacional del reglamento de tránsito; aquí va solo lo propio del Edomex.

Qué norma aplica y dónde leerla

La norma base es el Reglamento de Tránsito del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno el 21 de septiembre de 1992. Su reforma más reciente es la del 10 de noviembre de 2025, expedida por Acuerdo de la Gobernadora y vigente a los 10 días hábiles de su publicación. Se lee gratis en LEGISTEL, el portal de legislación estatal, en PDF o en Word; en Word buscas el artículo de tu boleta y llegas directo.

Junto a él está la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios (Gaceta del 21 de mayo de 2024, sin reformas a octubre de 2026), que abrogó la Ley de Movilidad de 2015 y fija medidas mínimas que el reglamento debe incluir. El reglamento aún no las recoge todas: en velocidad, celular y alcohol las dos normas dicen cosas distintas, y abajo verás ambas.

¿Quién te multa? Los agentes de la Secretaría de Seguridad y las direcciones de tránsito de los 37 municipios que esa Secretaría lista como facultados, entre ellos Toluca, Ecatepec, Naucalpan, Nezahualcóyotl y Tlalnepantla. En una carretera federal que cruce el estado ya no aplica este reglamento, sino el federal.

Cómo se calcula tu multa: mínima, media o máxima

Desde la reforma de 2025, cada falta tiene tres montos, y cuál te toca depende de cuántas multas debes. El artículo 122 lo fija así, sin importar la naturaleza de la conducta:

  • Mínima: sin sanciones de tránsito pendientes de pago.
  • Media: con dos o tres pendientes.
  • Máxima: con cuatro o más.

Dos detalles que mueven tu cuenta. Se usa la UMA vigente el día de la infracción: $117.31 desde el 1 de febrero de 2026, así que una multa de enero se calcula con el valor anterior. Y el reglamento no dice qué rango aplica si tienes exactamente una multa pendiente; si es tu caso, revisa el importe en el portal antes de pagar. Lo que cuenta es el monto de tu línea de captura.

Multas más comunes en el Estado de México 2026

El tabulador del artículo 122 agrupa las faltas frecuentes en tres escalones. Pesos con la UMA 2026, sin redondeo:

EscalónUMA mín / med / máxPesos 2026 mín / med / máxMínima con 50%
Alto16 / 18 / 20$1,876.96 / $2,111.58 / $2,346.20$938.48
Medio10 / 13 / 15$1,173.10 / $1,525.03 / $1,759.65$586.55
Bajo3 / 4 / 5$351.93 / $469.24 / $586.55$175.97 aprox.
InfracciónArtículoEscalónAdemás
Invadir el carril confinado de Mexibús o Trolebús, o una ciclovía90 fr. VII y 118 fr. IVAltoRetención y depósito
Usar el celular con el vehículo en movimiento90 fr. XXVIAlto—
No verificar, contaminar ostensiblemente o circular en día de Hoy No Circula90 fr. XVAlto—
Estacionarte en lugar prohibido100 fr. II y XIXAlto—
Manejar sin licencia o permiso, o sin tarjeta de circulación90 fr. IIIAlto—
Circular sin las dos placas17, 26 y 118 fr. IIAltoRetención y depósito
No traer seguro de responsabilidad civil vigente90 BisAlto—
Circular en sentido contrario63Alto—
Conducir en estado de ebriedad90 fr. XVII y 118 fr. VIAltoRetención; arresto si rebasas el límite
Exceso de velocidad, también en zonas escolares y de hospitales64 y 97 fr. IMedio—
No usar cinturón de seguridad90 fr. IVBajo—
Pasarte la luz roja o ámbar del semáforo90 fr. XXIVBajo—
Moto: conductor o acompañante sin casco y anteojos protectores89 fr. VII y VIII Bis, 118 fr. XIIIBajoRetención de la moto

Cifras del texto consolidado oficial en LEGISTEL; si tu línea de captura marca otra cantidad, esa es la que pagas. Para dimensionar: en 2025, la Secretaría de Seguridad registró 102,998 infracciones por invadir el carril del Mexibús, contra 9,489 por exceso de velocidad y 856 por no usar cinturón. Ecatepec concentra el mayor número: 72,575.

Las reglas que más multan en el Edomex

Velocidad. El artículo 64 fija 50 km/h dentro de los centros de población y 20 km/h cerca de escuelas, hospitales, oficinas públicas, unidades deportivas, iglesias y otros lugares de reunión cuando hay gente. Sin señal, el tope es de 80 km/h en los carriles centrales de vías de acceso controlado y de 50 km/h en vías primarias. La ley de 2024 suma 30 km/h en calles secundarias y terciarias, un límite que el reglamento aún no recoge: respeta siempre la señal.

Cinturón y celular. Como conductor, respondes de que todos tus pasajeros usen cinturón, y la ley pide sistema de retención infantil para menores de 12 años. Con el teléfono, el reglamento no permite usarlo ni manipularlo con el vehículo en movimiento y no menciona la excepción de manos libres que la ley sí admite. Si lo necesitas, detente.

Casco. Debe ser exclusivo para moto, con NOM-206-SCFI/SSA2-2018 o certificación UN R.22.05 o posterior, en buen estado y dentro de su vida útil o con menos de 5 años de fabricación. Va puesto y asegurado antes de arrancar, para ti y tu acompañante.

Fotoinfracciones. El artículo 125 Bis solo permite equipos tecnológicos en carriles confinados de transporte público masivo o de alta capacidad y en ciclovías; los programas oficiales son Mexibús y Trolebús. El aviso llega por correo certificado al propietario registrado, y el plazo del descuento corre desde esa notificación.

Alcoholímetro en el Estado de México

Aquí tampoco coinciden reglamento y ley. Te prohíben manejar por encima de estos niveles:

ConductorReglamento (art. 106 Bis)Ley de Movilidad 2024 (art. 8)
Particular0.4 mg/L en aire o 0.8 g/L en sangre0.25 mg/L en aire o 0.05 g/dL en sangre
Motociclista0.1 mg/L en aire o 0.02 g/dL en sangre0.1 mg/L en aire
Transporte público, de carga o de sustancias peligrosasNinguna cantidadCero en pasajeros y carga

Si rebasas el límite, te presentan ante el oficial calificador del municipio, que fija un arresto inconmutable de 12 a 36 horas —no se cambia por dinero— según la concentración que reporte la prueba y si viajaban menores de 12 años. Procede la retención del vehículo y, si reincides, la inscripción obligatoria en un programa de rehabilitación. Si maneja un menor de edad, el auto va al depósito y se cita a sus padres o tutores. El tabulador fija además de 16 a 20 UMA por conducir en estado de ebriedad, sin aclarar si se suma al arresto en el mismo evento. Lo único seguro: cero alcohol si vas a manejar.

Cómo pagar o impugnar

Pagar con 50% de descuento. El artículo 127 te da la mitad si pagas dentro de los 15 días hábiles siguientes:

  1. Busca tu multa en infracciones.ssedomex.gob.mx con la placa o el folio de la boleta.
  2. Genera la línea de captura y paga en un establecimiento autorizado o en el Portal Ciudadano.
  3. Revisa el estatus en el portal de pagos del gobierno estatal; el pago tarda hasta 8 días hábiles en reflejarse.

La Secretaría de Seguridad no manda enlaces de pago por SMS ni WhatsApp. Para asesoría en persona hay Módulos de Infracción Transparente en Toluca, Valle de Bravo, Atlacomulco, Cuautitlán Izcalli, Naucalpan y Nezahualcóyotl; sus horarios no están publicados, así que confírmalos en la Línea de Infracción Transparente, 800 900 3300, abierta las 24 horas.

Si no pagas, no podrás verificar, renovar o reexpedir tu licencia, actualizar datos ni hacer la baja o el cambio de propietario. Y si tu vehículo terminó en el depósito, solo te lo entregan después de cubrir multas, traslado y depósito.

Impugnar. El artículo 128 abre dos vías, reguladas por el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México:

  • Recurso administrativo de inconformidad (opcional), ante la autoridad que emitió la multa, dentro de los 15 días siguientes a que surta efectos la notificación. Si no te resuelven en 30 días, se entiende confirmada y puedes ir al Tribunal.
  • Juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, con demanda ante la Sala Regional de tu domicilio, también dentro de 15 días.

Todos esos plazos se cuentan en días hábiles. Como el descuento y la impugnación vencen casi a la vez, decide pronto: si los dejas correr, pierdes ambas opciones. La misma línea 800 900 3300 orienta gratis en dudas jurídicas y recibe reportes de corrupción.

Preguntas frecuentes en Estado de México

¿Qué reglamento de tránsito aplica en Toluca, Ecatepec o Naucalpan?
El Reglamento de Tránsito del Estado de México. Según su artículo 2, lo aplican la Secretaría de Seguridad estatal y los municipios con transferencia de tránsito, y Toluca, Ecatepec y Naucalpan están en la lista oficial de 37 municipios facultados para infraccionar. En las carreteras federales que cruzan el estado rige el reglamento federal.
¿Por qué mi multa en el Edomex salió más cara que la de otra persona por la misma falta?
Por los rangos del artículo 122, reformado en noviembre de 2025: pagas la mínima si no tienes multas pendientes, la media si debes dos o tres y la máxima si debes cuatro o más. Por ejemplo, no usar cinturón cuesta 3, 4 o 5 UMA: $351.93, $469.24 o $586.55 en 2026.
¿Cuánto es la multa por usar el celular manejando en el Estado de México en 2026?
De 16 a 20 UMA, es decir, de $1,876.96 a $2,346.20 con la UMA 2026. Si te toca la mínima y pagas dentro de 15 días hábiles, queda en $938.48. El reglamento estatal no menciona excepción para manos libres: cualquier manipulación debe hacerse con el vehículo detenido.
¿Hay fotomultas de velocidad en el Estado de México?
Según el reglamento estatal, no: su artículo 125 Bis dice que los equipos tecnológicos se usan únicamente en carriles confinados de transporte público, como Mexibús y Trolebús, y en ciclovías. La notificación llega por correo certificado al propietario registrado. En las carreteras federales que cruzan el estado aplica la norma federal.
¿Cuál es el límite de alcohol para manejar en el Edomex?
El reglamento prohíbe manejar con más de 0.4 mg/L en aire espirado (0.8 g/L en sangre); a motociclistas, con más de 0.1 mg/L, y a transporte público y de carga, con cualquier cantidad. La Ley de Movilidad estatal de 2024 baja el límite de particulares a 0.25 mg/L. Rebasarlo implica arresto inconmutable de 12 a 36 horas y retención del vehículo.

Fuentes oficiales

  1. LEGISTEL Edomex — Ficha del Reglamento de Tránsito del Estado de México (publicación 21-09-1992, última modificación 10-11-2025)Consultado el 9 de octubre de 2026
  2. LEGISTEL Edomex — Reglamento de Tránsito del Estado de México, texto consolidado (Word)Consultado el 9 de octubre de 2026
  3. LEGISTEL Edomex — Reglamento de Tránsito del Estado de México (PDF)Consultado el 9 de octubre de 2026
  4. Gaceta del Gobierno del Estado de México — Acuerdo que reforma el Reglamento de Tránsito (10-nov-2025)Consultado el 9 de octubre de 2026
  5. LEGISTEL Edomex — Leyes vigentes: Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios (21-05-2024)Consultado el 9 de octubre de 2026
  6. LEGISTEL Edomex — Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios, texto (Word)Consultado el 9 de octubre de 2026
  7. LEGISTEL Edomex — Ficha del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de MéxicoConsultado el 9 de octubre de 2026
  8. LEGISTEL Edomex — Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, texto (Word)Consultado el 9 de octubre de 2026
  9. Secretaría de Seguridad del Estado de México — Infracciones de tránsitoConsultado el 9 de octubre de 2026
  10. Secretaría de Seguridad del Estado de México — Portal de consulta y pago de infraccionesConsultado el 9 de octubre de 2026
  11. DOF — Valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (INEGI, 09-ene-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026

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