Tránsito en San Luis Potosí: reforma vigente y multas de la capital
En esta guía
El reglamento de tránsito de San Luis Potosí capital tiene una reforma vigente desde el 22 de octubre de 2026. Consultarla es gratis; las multas de la capital se cobran conforme a su Ley de Ingresos 2026. La guía nacional del reglamento de tránsito te ayuda a distinguir esas normas municipales de las estatales y federales.
Qué cambió y en qué territorio aplica
La publicación extraordinaria del Periódico Oficial del 21 de octubre de 2026 contiene reformas sobre pacificación del tránsito, zonas 30 y motociclistas. El transitorio segundo dispone su entrada en vigor al día siguiente. La aprobación del Cabildo ocurrió el 25 de septiembre; ambas fechas tienen funciones distintas.
El instrumento reforma y adiciona artículos del Reglamento de Tránsito del Municipio de San Luis Potosí. No declara la abrogación de todo el reglamento ni convierte una consulta pública en norma por sí sola. Por eso, un archivo anterior debe acompañarse de esta publicación para leer correctamente los artículos modificados.
Su ámbito es el municipio de la capital. No traslades sus cuotas a Soledad de Graciano Sánchez, Ciudad Valles, Matehuala o cualquier otro ayuntamiento. Tampoco uses su cuadro para una infracción emitida por autoridad federal en un tramo de esa jurisdicción.
La nueva redacción de los artículos 4 y 198 identifica a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana municipal y a la Dirección General de Policía Vial y Movilidad. Revisa cuál autoridad aparece en tu boleta antes de buscar dónde atenderla.
Velocidades y zonas 30 desde la reforma
El artículo 20 establece estos máximos para las vías municipales. La autoridad puede fijar una velocidad menor mediante señalización, de acuerdo con el entorno y la clasificación de la vía.
| Entorno o vía de la capital | Máximo del artículo 20 |
|---|---|
| Zonas y entornos escolares, parques, centros deportivos, hospitales, asilos, albergues y casas hogar | 20 km/h |
| Vías secundarias | 30 km/h |
| Vías terciarias o locales | 30 km/h |
| Primaria principal | 50 km/h |
| Primaria de acceso controlado, carriles centrales del lado izquierdo | 80 km/h |
El artículo 9 Bis define las zonas 30 como áreas delimitadas dentro de colonias, barrios, comunidades, delegaciones y Centro Histórico donde la circulación motorizada se restringe a 30 km/h. Conservan los límites menores marcados para escuelas u hospitales; no autorizan acelerar hasta 30 donde corresponde 20.
La prioridad peatonal también modifica cómo compartes la calle. Para adelantar a una bicicleta, los artículos 118 fracción V y 119 exigen reducir la velocidad, pasar por la izquierda y respetar al menos un metro y medio de separación. No basta con tocar el claxon y continuar a la misma velocidad.
Motocicletas, vehículos eléctricos y cinturón
Los artículos 80, 93 Bis y 94 precisan obligaciones de motociclistas. Para clasificar bicicletas motorizadas, el artículo 80 contempla motores de combustión que superen 49 cm³, o su equivalente eléctrico, híbrido o de otra tecnología, que superen 25 km/h al circular. No debe tomarse sólo la velocidad e ignorar las otras condiciones del artículo.
El conductor y acompañante deben llevar casco correctamente colocado y conforme a la norma oficial aplicable. Deben mantenerse encendidas la luz delantera blanca y la trasera roja. La obligación de cinturón para conductores y pasajeros de automóviles aparece en el artículo 108.
En vías primarias de acceso controlado, el artículo 94 fracción V establece prohibición y una excepción para motocicletas de 400 cc o más, o capacidad equiparable de otra tecnología, bajo las condiciones del mismo precepto. No significa que cualquier motocicleta pueda circular por cualquier carril: revisa además señalamientos y restricciones.
Diez multas de la capital con cuotas de 2026
La fuente de estos importes es el artículo 50 fracción I de la Ley de Ingresos municipal para el ejercicio 2026, publicada el 30 de diciembre de 2025. Los números identifican conceptos del catálogo; ayudan a evitar confundir faltas parecidas.
Aplicamos la UMA diaria de $117.31, vigente desde el 1 de febrero de 2026. Son conversiones editoriales: la liquidación corresponde a la autoridad y puede requerir valorar otros conceptos, grúa o depósito. Para infracciones de enero debe revisarse el valor aplicable en esa fecha.
| Conducta | Concepto | UMA | Conversión orientativa 2026 |
|---|---|---|---|
| Falta de licencia de conducir | 5 | 7 | $821.17 |
| Conductor o pasajeros sin cinturón | 29 | 8 | $938.48 |
| Conductor o acompañante de moto sin casco | 84 | 15 | $1,759.65 |
| Exceso de velocidad | 100 | 20 | $2,346.20 |
| Velocidad inmoderada en zona escolar, hospitales o mercados | 107 | 50 | $5,865.50 |
| Telefonía móvil o equipo portátil sin manos libres | 116 | 8.30 | $973.67 |
| Manejar con aliento alcohólico | 144 | 60 | $7,038.60 |
| Manejar en estado de ebriedad | 145 | 240 | $28,154.40 |
| Estacionarse en doble fila | 164 | 10 | $1,173.10 |
| No obedecer semáforo rojo | 209 | 15 | $1,759.65 |
Puedes localizar las filas en las páginas 47–52 del archivo municipal, que incluye una portada adicional de Gaceta. No son multas uniformes para todo el estado.
Alcohol: aliento y ebriedad tienen consecuencias distintas
El artículo 159 reformado considera estado de ebriedad, con las valoraciones que regula, superar 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre. Para motociclistas señala más de 0.1 mg/L o 0.02 g/dL, respectivamente. El transporte de pasajeros y carga debe mantenerse sin concentración de alcohol.
El propio artículo conserva una categoría de aliento alcohólico; la ley anual la sanciona separadamente. Estar por debajo del umbral de ebriedad no equivale a librarte de cualquier consecuencia. Si vas a beber, prevé otro medio para regresar.
Descuento y sustitución por trabajo comunitario
El artículo 62 fracción X concede 50% por pagar dentro de veinte días hábiles siguientes a la infracción, con excepciones y exclusión de las multas catalogadas como graves. Para éstas exige el supuesto legal, razón justificada, solicitud escrita y determinación de autoridad; no debes descontarlas por tu cuenta.
La Gaceta 304 del 7 de mayo delega determinadas reducciones a Secretaría General y Tesorería, conforme a esa disposición y hasta el 31 de diciembre de 2026. No establece por sí sola un descuento universal de 60%.
Además, el Decreto estatal 0624, publicado y vigente el 21 de octubre de 2026, permite solicitar sustituir la multa por trabajo en favor de la comunidad, hasta 36 horas. Da sesenta días hábiles a los ayuntamientos para adecuar sus disposiciones. Confirma con la autoridad competente el procedimiento disponible y la autorización: no es una sustitución automática; incumplir total o parcialmente deja firme la multa.
Qué revisar antes de pagar o controvertir
Conserva boleta, folio, fecha, autoridad, concepto y pruebas. Compara la regla con la reforma de octubre y la cuota con la ley anual; solicita aclaración si el fundamento no coincide. Si necesitas controvertir, pide de inmediato al emisor la vía y plazo aplicables a tu resolución: los veinte días del descuento no son un plazo general de impugnación.
Puedes descargar las normas oficiales enlazadas sin cita para su lectura. Esta guía independiente no cobra multas ni valida canales de pago de terceros. El portal estatal SIPEL y los servicios municipales corresponden a autoridades distintas; utiliza el canal indicado por el emisor para tu caso.
Preguntas frecuentes en San Luis Potosí
¿Ya está vigente la reforma de tránsito de San Luis Potosí capital de 2026?
¿Dónde es de 30 km/h la velocidad en la capital potosina?
¿Las motos menores de 400 cc pueden usar vías de acceso controlado?
¿Cuánto cuesta usar celular sin manos libres en San Luis Potosí capital?
¿Hay descuento de 50% en todas las multas de la capital?
¿Aliento alcohólico y estado de ebriedad cuestan lo mismo en la capital?
¿Puedo cambiar una multa de SLP por trabajo comunitario desde octubre de 2026?
Fuentes oficiales
- POE 21-oct-2026 — reforma del Reglamento de Tránsito municipal, vigente 22-octConsultado el 22 de octubre de 2026
- Ayuntamiento — Ley de Ingresos municipal 2026, Decreto 0410, arts. 50 y 62Consultado el 22 de octubre de 2026
- POE 21-oct-2026 — Decreto estatal 0624, trabajo en favor de la comunidadConsultado el 22 de octubre de 2026
- Gaceta municipal 304 — delegación de reducciones justificadas de multas, 7-may-2026Consultado el 22 de octubre de 2026
- INEGI — UMA 2026, vigente desde el 1 de febreroConsultado el 22 de octubre de 2026
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