Reglamento de tránsito en Veracruz
En esta guía
En Veracruz, las reglas para manejar y sus multas están en la Ley número 561 de Tránsito y Seguridad Vial y en su Reglamento. En calles y carreteras estatales las aplica la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial (DGTSV) de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), con un tabulador 2026 en UMA: con la UMA a $117.31, las multas más comunes van de $586.55 por exceso de velocidad a $9,384.80 por manejar con alcohol. Si quieres entender primero cómo conviven las normas federales, estatales y municipales, revisa la guía nacional del reglamento de tránsito; aquí vamos directo a Veracruz.
Qué norma aplica en Veracruz y dónde leerla
Te sirven tres documentos estatales y, si estás en el puerto, uno municipal:
| Documento | Para qué te sirve | Dónde está |
|---|---|---|
| Ley número 561 de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave | Reglas, autoridades y sanciones | Compilación del Congreso, 22 de marzo de 2021 |
| Reglamento de la Ley 561 | Los artículos que cita tu boleta | Sin copia oficial en línea localizada; última reforma ubicada: Gaceta Oficial del 1 de mayo de 2020 |
| Tabulador de infracciones 2026 de la DGTSV | Cuántas UMA cuesta cada falta | Portal de la SSP |
| Reglamento de Tránsito del municipio de Veracruz | Solo si te multó el tránsito municipal del puerto | Sin enlace oficial localizado |
El tabulador es lo más útil: una página de la SSP con unas 385 faltas, cada una con el artículo del Reglamento que la respalda. Para el texto del Reglamento, la vía formal es la Gaceta Oficial del Estado: buscador en editoraveracruz.gob.mx y módulo en Xalapa (Gutiérrez Zamora s/n, esquina Diego Leño, Col. Centro; tel. 228 817 8154).
Para no confundirte:
- La Ley de Tránsito y Transporte del estado sigue en el listado del Congreso, pero derogada salvo su Título Tercero: no la uses para calcular multas.
- En ese listado no hay ley estatal de “movilidad”, y la compilación de la Ley 561 (marzo de 2021) es anterior a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (mayo de 2022). Lo que te cobran sale de la Ley 561, su Reglamento y el tabulador.
¿Estatal o municipal? Fíjate quién te detuvo
- DGTSV (policía vial del estado): aplica el tabulador estatal. En Xalapa, las infracciones del operativo de alcoholimetría del 13 de junio de 2026 las puso la DGTSV, con apoyo del tránsito municipal; no localizamos un reglamento de tránsito propio de la capital.
- Tránsito y Vialidad Municipal del puerto de Veracruz: el municipio tiene su propio Reglamento de Tránsito (su artículo 129, por ejemplo, prohíbe apartar lugares en la vía pública). En febrero de 2026 anunció el programa “Uno por Uno” de paso alternado, sin monto de multa en el boletín oficial. Si tu boleta es municipal, confirma el monto con esa Dirección.
- Guardia Nacional en carretera federal: aplica el reglamento federal, no el tabulador estatal.
Cuánto cuestan las multas en Veracruz en 2026
Cada falta es leve, grave o muy grave y tiene dos cifras fijas en UMA: la base y la “con agravante”. No es un rango “de… a…”: te toca una o la otra. El tabulador no explica qué activa el agravante; si te cobran la alta, pregunta por qué. Convertido con la UMA 2026 ($117.31, vigente desde el 1 de febrero):
| Clasificación | Base | Con agravante |
|---|---|---|
| Leve | 5 UMA = $586.55 | 15 UMA = $1,759.65 |
| Grave | 16 UMA = $1,876.96 | 30 UMA = $3,519.30 |
| Muy grave | 31 UMA = $3,636.61 | 40 UMA = $4,692.40 |
| Muy grave por alcohol | 80 UMA = $9,384.80 | 115 UMA = $13,490.65 |
Algunas faltas se sancionan con amonestación verbal o con arresto, no con dinero.
Multas comunes del tabulador DGTSV 2026
| Falta | Artículos del Reglamento | Clasificación | Base | Con agravante |
|---|---|---|---|---|
| Exceder los límites de velocidad | 75; 153 F. IV | Leve | $586.55 | $1,759.65 |
| Estacionarte donde una señal lo prohíbe | 183 F. I; 347 F. XIV | Leve | $586.55 | $1,759.65 |
| Usar el celular u otro aparato que distraiga | 160 F. I | Grave | $1,876.96 | $3,519.30 |
| Sin casco, conductor o pasajero de moto | 166; 172 F. IV | Grave | $1,876.96 | $3,519.30 |
| Manejar sin licencia o permiso vigente | 153 F. II; 157; 161; 162 F. I; 347 F. XVI | Grave | $1,876.96 | $3,519.30 |
| No usar cinturón, conductor o pasajeros | 154 F. I | Muy grave | $3,636.61 | $4,692.40 |
| Manejar con audífonos | 160 F. II | Muy grave | $3,636.61 | $4,692.40 |
| Pasarte el alto en rojo | 95 F. II; 136 F. I y II | Muy grave | $3,636.61 | $4,692.40 |
| No respetar 20 km/h en zona escolar, en su horario | 165; 283 F. I | Muy grave | $3,636.61 | $4,692.40 |
| Circular en sentido contrario | 153 F. III; 158 F. II; 160 F. VIII | Muy grave | $3,636.61 | $4,692.40 |
| No ceder el paso a peatones | 84; 85; 155 F. VII; 281; 295; 296 | Muy grave | $3,636.61 | $4,692.40 |
Las reglas que más multan en Veracruz
El dato que más sorprende: rebasar el límite de velocidad es falta leve ($586.55), pero no ponerte el cinturón, pasarte un rojo o no bajar a 20 km/h frente a una escuela son faltas muy graves ($3,636.61), más de seis veces más caras.
- Niños: menores de 12 años, atrás y con cinturón; menores de 5, además, en silla porta infantes o búster (arts. 33 y 34). Romper la primera regla es grave; la segunda, muy grave.
- Audífonos contra celular: usar el teléfono al volante es grave, pero manejar con audífonos es muy grave. Aquí los audífonos salen más caros.
- Moto: llevar de pasajero a un menor de 12 años es muy grave (art. 175 F. VII).
- Velocidad: el tabulador confirma 20 km/h en zona escolar y un máximo de 40 km/h para el transporte público de carga (muy grave si lo rebasa). Los límites para autos particulares están en los arts. 75 y 77 del Reglamento, que no pudimos consultar en texto oficial: respeta lo que marquen las señales.
- Otras faltas graves: vuelta en “U” prohibida, doble fila, vidrios polarizados, detector de radar y manejar con licencia suspendida. Los arrancones son muy graves.
Alcoholímetro en Veracruz
| Situación | Sanción |
|---|---|
| Ebriedad, influjo de sustancias o resultado superior a 0.40 (el tabulador aclara: desde 0.41) | Muy grave: 80 UMA ($9,384.80) o 115 UMA ($13,490.65) con agravante |
| Resultado superior a 0.50 | Arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas |
| Negarte a la prueba | Muy grave: 80 o 115 UMA |
| Transporte público de pasajeros o carga con aliento alcohólico | Muy grave: 80 o 115 UMA |
Inconmutable significa que el arresto no se cambia por multa: no hay pago que lo evite. Ojo: el tabulador escribe 0.40 y 0.50 “en la sangre o aire espirado” sin unidad, así que no los compares con los mg/L de otras normas. Si vas a manejar, la cifra que te protege es cero.
Cómo pagar o impugnar una multa en Veracruz
- Revisa tu boleta: folio, artículo citado y quién la levantó (DGTSV o tránsito municipal del puerto).
- Calcula el monto: busca el artículo en el tabulador y multiplica las UMA por $117.31; así sabes si te cobraron la base o la de agravante.
- Paga por la vía oficial. No confirmamos el canal oficial de pago de las multas estatales: la consulta por placa de la Oficina Virtual de Hacienda (OVH) de la SEFIPLAN hoy solo menciona derechos vehiculares y tenencia. Sigue lo que indique tu boleta o llama a atención a contribuyentes de la SEFIPLAN: 800 260 24 00, de lunes a viernes de 8:00 a 18:00. Tampoco hallamos en fuente oficial un descuento por pronto pago.
- Para impugnar, muévete rápido. No confirmamos el recurso, ante quién se presenta ni el plazo; la norma por revisar es el Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz (legisver.gob.mx). Pregunta en la DGTSV cómo inconformarte antes de que corra el plazo.
Oficinas de la DGTSV para aclaraciones: centrales en Xalapa (Prolongación Rubén Bouchez s/n, Col. Tamborrel; tel. 228 818 1552) y delegación Coatzacoalcos (Av. Francisco I. Madero 2311, Col. Puerto México; tel. 921 214 2910). Son datos de un directorio oficial de 2020: llama antes de ir.
Lo que hace distinto a Veracruz
- Seguro de particulares: la multa por no traer póliza de responsabilidad civil aparece derogada en el tabulador; para transporte público sigue vigente (grave). Eso solo dice que no tiene monto, no si el seguro es obligatorio.
- Sin fotomultas: el tabulador no tiene faltas captadas por cámara; sí multa traer detector de radar.
- Ciclistas: varias faltas son amonestación verbal la primera vez y graves si reincides (art. 176).
Preguntas frecuentes en Veracruz
¿Qué reglamento de tránsito aplica en Veracruz?
¿Cuánto es la multa por no usar cinturón en Veracruz?
¿Cuánto cuesta una multa por exceso de velocidad en Veracruz?
¿Qué pasa si sales positivo en el alcoholímetro en Veracruz?
¿Cuánto es la multa por usar el celular al manejar en Veracruz?
Fuentes oficiales
- SSP Veracruz — Tabulador de infracciones de la Dirección General de Tránsito y Seguridad VialConsultado el 9 de octubre de 2026
- SSP Veracruz — Tabulador de infracciones 2026 de la DGTSV (PDF)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Congreso del Estado de Veracruz — Ley número 561 de Tránsito y Seguridad Vial (compilación al 22-mar-2021)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Congreso del Estado de Veracruz — Listado de leyes estatalesConsultado el 9 de octubre de 2026
- Congreso del Estado de Veracruz — Listado de códigos (Código de Procedimientos Administrativos)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Editora de Gobierno de Veracruz — Gaceta Oficial del Estado: buscador y módulo de atenciónConsultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Xalapa — Operativo de alcoholimetría de la SSP en Xalapa (13-jun-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Xalapa — Operativo permanente de vialidad con Tránsito del Estado (27-ago-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Veracruz — Tránsito municipal y artículo 129 del Reglamento de Tránsito del municipioConsultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Veracruz — Catálogo de trámites y servicios (Dirección de Tránsito y Vialidad)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Veracruz — Anuncio del programa 'Uno por Uno' (6-feb-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
- SEFIPLAN — Oficina Virtual de Hacienda: consulta vehicular por placa y atención a contribuyentesConsultado el 9 de octubre de 2026








