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Reglamento de tránsito en Oaxaca: ley vigente, multas y alcoholímetro

Última verificación: 9 de octubre de 2026 · Dependencia: Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO), Dirección General de la Policía Vial Estatal
Reglamento de tránsito en Oaxaca, escena ilustrativa.
En esta guía

En Oaxaca, las reglas para circular están en la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Oaxaca, reformada por última vez en el Periódico Oficial del 3 de enero de 2026, y en su Reglamento, expedido en septiembre de 2022. En vías estatales la aplica la Policía Vial Estatal de la Secretaría de Seguridad Pública (SSPO). Las multas van de 3 a 150 UMA —de $351.93 a $17,596.50 en 2026— y manejar ebrio se castiga, sobre todo, con arresto. Para ver cómo se reparten las normas entre Federación, estados y municipios, revisa la guía del reglamento de tránsito en México.

Qué norma aplica en Oaxaca y dónde leerla

No hay un “reglamento de tránsito” único que lo contenga todo: hay una ley estatal, un reglamento que la desarrolla y las disposiciones que cada municipio puede emitir para sus calles.

NormaPara qué te sirveVersión vigente
Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de OaxacaObligaciones al volante, sanciones, alcohol, grúas, cobro e impugnaciónDecreto 861, Periódico Oficial núm. 1, Cuarta Sección, 3 de enero de 2026
Reglamento de la Ley de Tránsito y VialidadDesarrolla la leyDecreto en edición extraordinaria del Periódico Oficial, 27 de septiembre de 2022
Ley de Movilidad para el Estado de OaxacaTransporte y concesiones (SEMOVI); no es la norma de tránsitoÚltima reforma localizada: 10 de febrero de 2026

Las dos normas de tránsito están en el marco jurídico de la SEMOVI; la ley, también en la sección de legislación estatal del portal del Congreso. Ten en cuenta:

  • Revisa que tu copia incluya el Decreto 861. La ley suma casi 30 decretos de reforma desde 2017 y en 2020 cambió de nombre (se llamaba “Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad”), así que circulan muchas versiones viejas.
  • El Reglamento es un PDF escaneado de 18 páginas: el buscador del navegador no encontrará palabras dentro y tendrás que hojearlo.
  • Un reglamento de 1973 ya no es tu referencia. Pertenece a la ley anterior; la ley de 2016 lo mantuvo solo mientras se expedía el nuevo, que llegó con el decreto de 2022.

En 2026 hay iniciativas de reforma en el Congreso local; mientras no se publiquen en el Periódico Oficial, rige el texto de enero.

Quién te puede multar

  • Vías estatales: la Policía Vial Estatal, bajo la Dirección General de la Policía Vial Estatal de la SSPO, con delegaciones regionales.
  • Calles de tu municipio: los ayuntamientos tienen autoridades y policías viales propias y pueden emitir disposiciones de tránsito (arts. 6 y 7). San Juan Bautista Tuxtepec, por ejemplo, tiene su Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio. En Oaxaca de Juárez, pregunta al ayuntamiento cuál está vigente antes de fiarte de un PDF de internet.
  • Carreteras federales que cruzan el estado: la Guardia Nacional, con el reglamento federal.

La SEMOVI, aunque lleva licencias y transporte, no aplica la ley de tránsito: eso le toca a la SSPO, y el cobro de las multas, a la Secretaría de Finanzas (SEFIN).

Las reglas que más multan en Oaxaca

  • Cinturón: obligatorio para el conductor y sus acompañantes (art. 30); todo vehículo debe traerlo en sus asientos (art. 38).
  • Celular: prohibido usarlo mientras conduces (art. 47).
  • Casco: el motociclista, uno que cumpla la norma oficial mexicana (art. 53, fr. I); el ciclista, casco para bicicleta (art. 57, fr. I).
  • Velocidad: la ley no fija cifras en km/h; te obliga a respetar los límites del señalamiento (art. 68).
  • Fotomultas: lo que capten cámaras y otros dispositivos tecnológicos sirve como prueba de la infracción (art. 95).

Agravan la sanción (art. 94): reincidir, manejar ebrio o drogado, irte del lugar de los hechos y estacionarte en lugares reservados, como cajones para personas con discapacidad, carriles o paradas del Citybus, ciclovías, banquetas o cruces peatonales. Eres reincidente si cometes más de una falta en 180 días (art. 98).

Multas en Oaxaca: UMA y pesos 2026

La ley fija las multas en UMA. Con la UMA 2026 ($117.31 diarios, vigente desde el 1 de febrero) quedan así:

SupuestoUMAPesos 2026Artículo
Rango de multa por infracción a la ley o al reglamento3 a 150$351.93 a $17,596.5093
Infractor que se da a la fuga: el máximo sube en una mitadhasta 225hasta $26,394.7592
Velocidad, cinturón, celular, casco, estacionamiento y otras faltas concretasPor confirmarPor confirmarReglamento 2022

El artículo 51 prevé además de 6 a 10 UMA ($703.86 a $1,173.10) en un supuesto ligado al registro del vehículo; lee el artículo completo para saber si es tu caso.

¿Por qué no hay monto por falta? La ley solo da el rango, la Ley de Ingresos del Estado 2026 no trae tabulador de tránsito y el Reglamento de 2022 está escaneado y aún no lo cotejamos. La cifra que vale es la de tu boleta, multiplicada por $117.31 si viene en UMA.

Además de la multa, la ley permite amonestarte, mandarte a actividades de apoyo a la comunidad, suspender o cancelar tu licencia, retener el vehículo o arrestarte (art. 93).

Alcoholímetro en Oaxaca: arresto, no multa

La ley estatal (art. 3) considera estado de ebriedad superar 0.4 mg de alcohol por litro de aire espirado o 0.8 g por litro de sangre. Es más tolerante que el piso de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (0.25 mg/L en aire; 0.1 para motociclistas; cero en transporte público y de carga), y el texto estatal vigente no se ha ajustado a esa cifra. Si vas a manejar, no tomes.

Si das positivo (art. 85):

  • Primera vez: arresto de 24 horas, conmutable por actividades de apoyo a la comunidad.
  • Reincidencia: arresto sin conmutación y cancelación de tu licencia.
  • Drogas: arresto inconmutable de 36 horas (art. 86).
  • Auto ajeno: según el art. 85, si el conductor no se presenta en 30 días, el propietario paga 70 UMA ($8,211.70) para recuperar la unidad. Confírmalo con la autoridad antes de pagar.

En el operativo, el personal debe identificarse, mostrarte la orden del operativo y pedirte solo los documentos del artículo 33 de la ley (art. 84).

Grúas y corralón: lo que la ley te garantiza

Oaxaca reguló el arrastre en la propia ley (arts. 88 a 88 Quáter):

  • Lo presta el estado directamente o un concesionario con concesión vigente y seguro de responsabilidad civil.
  • Las tarifas deben estar en un tabulador oficial publicado, y las grúas no pueden tener más de 10 años, salvo autorización.
  • Con dos o más concesionarios en un municipio, tiene prioridad el más cercano.
  • Si tu vehículo sufre robo o daños durante la detención, el arrastre o el encierro, responde la autoridad o el concesionario (art. 88). Si puedes, toma fotos antes del arrastre.
  • Debe haber un procedimiento de queja por cobros indebidos (art. 88 Quáter).

Cómo pagar o impugnar en Oaxaca

Pagar. La multa estatal es un crédito fiscal: la cobra la SEFIN, que puede exigirla con el procedimiento administrativo de ejecución (art. 96), y prescribe en 5 años conforme al Código Fiscal para el Estado de Oaxaca (art. 99). Al 9 de octubre de 2026, el portal de pagos SIOX no lista multas de tránsito entre sus conceptos; confirma el canal con la SEFIN antes de pagar: (951) 501 69 00 o 01 800 310 7070, de lunes a viernes de 8:00 a 17:00, o [email protected]. Ten a la mano el folio de tu boleta.

Descuentos. La Ley de Tránsito y Vialidad no contempla descuento por pronto pago. El estímulo de 50% de la Ley de Ingresos 2026 (art. 30) es para una multa del Reglamento de la Ley de Movilidad, del ámbito del transporte, no para infracciones de tránsito. Desconfía de porcentajes sin publicación oficial detrás.

Impugnar. El artículo 101 remite a la Ley de Procedimientos y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca, que define el recurso, ante quién y en qué plazo. Revísala en cuanto recibas la boleta: vencido el plazo, pierdes la oportunidad. Si la multa es municipal, el Presidente Municipal tramita los recursos de los particulares (art. 20, fr. VI); si fue la Guardia Nacional, aplica el procedimiento federal.

Preguntas frecuentes en Oaxaca

¿Cuál es el reglamento de tránsito vigente en Oaxaca?
Rige la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Oaxaca, con última reforma publicada en el Periódico Oficial el 3 de enero de 2026, y su Reglamento, expedido por decreto del 27 de septiembre de 2022. En la ciudad revisa además si tu municipio tiene reglamento propio, como ocurre en San Juan Bautista Tuxtepec.
¿Cuánto alcohol se permite para manejar en Oaxaca?
La ley estatal considera estado de ebriedad superar 0.4 mg de alcohol por litro de aire espirado o 0.8 g por litro de sangre. La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial marca un piso más estricto, de 0.25 mg/L en aire. Para no arriesgarte, no tomes nada si vas a manejar.
¿Qué pasa si me detienen ebrio en un operativo en Oaxaca?
La sanción principal es arresto de 24 horas, que puedes conmutar por actividades de apoyo a la comunidad. Si reincides, el arresto ya no se conmuta y te cancelan la licencia. Manejar bajo el efecto de drogas se castiga con 36 horas de arresto inconmutable.
¿Cuál es la multa de tránsito más alta en Oaxaca?
150 UMA, que en 2026 equivalen a $17,596.50. Si el infractor se da a la fuga, el máximo aumenta en una mitad: hasta 225 UMA, o $26,394.75. La multa mínima es de 3 UMA, $351.93.
¿Quién aplica la ley de tránsito en Oaxaca, la SSPO o la SEMOVI?
La SSPO, a través de la Policía Vial Estatal. Las multas que impone son créditos fiscales: las cobra la Secretaría de Finanzas y prescriben en 5 años. La SEMOVI aplica la Ley de Movilidad, que regula el transporte y las concesiones.

Fuentes oficiales

  1. Congreso del Estado de Oaxaca — Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Oaxaca, texto vigente (Decreto 861, PO 3-ene-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
  2. SEMOVI Oaxaca — Marco jurídico (Ley de Tránsito y Vialidad, Reglamento, Ley de Movilidad y Ley de Procedimientos y Justicia Administrativa)Consultado el 9 de octubre de 2026
  3. SEMOVI Oaxaca — Decreto que expide el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad (PO extraordinario 27-sep-2022)Consultado el 9 de octubre de 2026
  4. SEMOVI Oaxaca — Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca (reforma PO extraordinario 10-feb-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
  5. Secretaría de Finanzas de Oaxaca — Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca 2026Consultado el 9 de octubre de 2026
  6. Secretaría de Finanzas de Oaxaca — Portal de pagos SIOX (conceptos de pago y contacto)Consultado el 9 de octubre de 2026
  7. Municipio de San Juan Bautista Tuxtepec — Reglamento de Tránsito y Vialidad del MunicipioConsultado el 9 de octubre de 2026
  8. Congreso del Estado de Oaxaca — Orden del día de la sesión del 7-abr-2026 (iniciativas de reforma a la ley de tránsito)Consultado el 9 de octubre de 2026
  9. DOF — Valor de la Unidad de Medida y Actualización 2026 (INEGI, 09-ene-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026

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