Reglamento de tránsito en Guerrero: reglas, multas y alcoholímetro
En esta guía
En Guerrero, las multas de tránsito estatal salen del Reglamento de la Ley de Transporte y Vialidad del Estado, que desde su reforma de 2023 cobra en UMA: con la UMA 2026 de $117.31, las faltas más comunes cuestan de $1,173.10 a $3,519.30, y si pagas dentro de 5 días hábiles te descuentan 25%. Las reglas de circulación las pone la Ley 849 de Movilidad y Seguridad Vial, reformada el 13 de marzo de 2026, y Acapulco tiene además su propio reglamento. Cómo se reparten las normas de tránsito en todo el país lo explicamos en la guía nacional del reglamento de tránsito.
Qué norma aplica en Guerrero y dónde leerla
No busques un documento llamado “reglamento de tránsito del estado”. Lo que cita tu boleta sale de alguna de estas normas:
- Ley Número 849 de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Guerrero. Publicada en el Periódico Oficial el 13 de agosto de 2024; última reforma, 13 de marzo de 2026 (Decreto 487). Marca las reglas —velocidad, cinturón, casco, alcohol—, pero no fija multas.
- Reglamento de la Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero. Es el reglamento de tránsito estatal en los hechos: data de 1995, su última reforma es del 7 de marzo de 2023 y trae el tabulador de multas en el artículo 291. Lo descargas en PDF desde el portal del Gobierno del Estado.
- Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero. De 1989; sigue vigente (la Ley 849 no la abrogó) y su última reforma salió el 23 de diciembre de 2025.
- Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Acapulco de Juárez. Solo rige en Acapulco y lo aplica la Dirección de la Policía Vial de la Secretaría de Seguridad Pública municipal.
¿Cuál te toca? Mira quién levantó la infracción. Si fue un oficial de la Dirección General de Tránsito, Caminos, Puertos y Aeropuertos, de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP Guerrero), manda el reglamento estatal; si fue la Policía Vial de Acapulco, el municipal. En Chilpancingo no localizamos un reglamento municipal de tránsito publicado —su marco normativo solo enlista la ley estatal—, así que pregunta en ventanilla con qué tabulador te sancionaron.
Las reglas que más multan en Guerrero
La Ley 849 (artículo 53) y el reglamento estatal (artículo 149) coinciden en lo básico:
- Velocidad. Sin señal: 30 km/h en calles secundarias y terciarias, 50 en avenidas primarias, 80 en carreteras estatales fuera de zona urbana y 50 dentro de ella. El reglamento estatal agrega 20 km/h cerca de escuelas, oficinas, hospitales, templos y lugares concurridos.
- Cinturón. Para todos los que viajan; los menores de 12 años, atrás y con sistema de retención infantil.
- Celular. Solo con manos libres. Si lo usas para dar un servicio de transporte, tiene que ir en un sujetador.
- Casco. Conductor y pasajero de moto, con casco que cumpla la norma oficial; el reglamento estatal pide también anteojos protectores.
- Niños en moto, prohibido. Es la novedad de 2026: el Decreto 487 reformó la Ley 849 para prohibir circular en motocicleta con menores de 12 años, y ordenó a los municipios adecuar sus reglamentos de tránsito.
Acapulco tiene reglas propias: casco también en bicicleta y nada de menores de 10 años en el asiento delantero. Su reglamento (versión con reformas a 2024) permite, sin señal, 60 km/h en vías primarias y 40 en secundarias, más que la Ley 849: quédate con el límite más bajo.
Tabla de multas comunes en Guerrero (UMA y pesos 2026)
Rangos del artículo 291 del reglamento estatal, convertidos con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026 ($117.31).
| Falta | UMA | Pesos 2026 |
|---|---|---|
| Exceder el límite de velocidad | 16 a 28 | $1,876.96 a $3,284.68 |
| Pasarte el alto o el ámbar del semáforo o del agente | 14 a 24 | $1,642.34 a $2,815.44 |
| No usar el cinturón de seguridad | 10 a 16 | $1,173.10 a $1,876.96 |
| Circular en sentido contrario | 12 a 24 | $1,407.72 a $2,815.44 |
| Dar vuelta donde está prohibido | 10 a 20 | $1,173.10 a $2,346.20 |
| Estacionarte en zona prohibida, en doble o tercera fila | 12 a 24 | $1,407.72 a $2,815.44 |
| Estacionarte o circular sobre la banqueta | 12 a 20 | $1,407.72 a $2,346.20 |
| Manejar sin licencia | 20 a 30 | $2,346.20 a $3,519.30 |
| No traer contigo la licencia | 12 a 20 | $1,407.72 a $2,346.20 |
| Circular sin placas o con placas vencidas | 20 a 50 | $2,346.20 a $5,865.50 |
Si repites la misma falta dentro de 180 días, la multa se duplica (artículo 293), y en faltas graves pueden además suspenderte o cancelarte la licencia o la matrícula.
Ojo: para celular y casco, el tabulador estatal no trae un monto claro para automovilistas (algunas filas son solo amonestación). Si te multan por eso, pide que la boleta cite artículo y monto.
En Acapulco el tabulador es otro, en días de salario mínimo (léelos como UMA). No publicamos sus montos: el Ayuntamiento subió a su portal una versión del reglamento fechada el 9 de julio de 2026 que aún no cotejamos, y las cifras pudieron cambiar.
Alcoholímetro en Guerrero
La Ley 849 pone el límite en 0.25 mg/L en aire espirado (0.05 g/dL en sangre). En moto baja a 0.1 mg/L (0.02 g/dL), y en transporte de pasajeros o de carga no se tolera ninguna concentración. La SSP estatal hace operativos de alcoholimetría y los municipios también pueden aplicar pruebas.
Multas del reglamento estatal:
- Aliento alcohólico: 20 a 30 UMA, de $2,346.20 a $3,519.30.
- Completo estado de ebriedad: 60 a 90 UMA, de $7,038.60 a $10,557.90.
- Bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos: 40 a 70 UMA, de $4,692.40 a $8,211.70.
La fila de “ebriedad incompleta” aparece impresa como “40–35”, una cifra que no cuadra; no te damos monto hasta cotejarla.
La multa es lo de menos. Si el agente detecta síntomas claros, no te deja seguir manejando y te remite al Ministerio Público (artículo 286); el auto puede ir al depósito (artículo 287) y la licencia, suspenderse hasta 12 meses.
En Acapulco, la versión con reformas a 2024 usa otros umbrales —“ineptitud” de 0.8 a 1.4 gramos de alcohol por litro de sangre y “estado de ebriedad” desde 1.5—, con arresto administrativo de 8 a 12 horas la primera vez, grúa y suspensión de licencia. Son más permisivos que la Ley 849 y no están armonizados: no te guíes por ellos.
Cómo pagar o impugnar una multa en Guerrero
1. Revisa la boleta. Debe traer tus datos, licencia, placas, hechos, lugar, fecha y hora (artículo 294). Las fotomultas valen: el reglamento estatal permite radares y cámaras autorizados por el Director General de Tránsito, la boleta puede llegarte por correo certificado a tu domicilio registrado y el dueño del vehículo responde aunque no haya manejado.
2. Paga dentro de 5 días hábiles. Así obtienes el 25% de descuento (artículo 296): una multa mínima por exceso de velocidad baja de $1,876.96 a $1,407.72. Después pagas el total más accesorios. Las formas de pago las autoriza la Secretaría de Finanzas y Administración; en un operativo con terminal portátil puedes pagar en el momento y evitar que te retengan la placa. No hay consulta en línea de infracciones estatales. Dudas: SSP Guerrero, Blvd. René Juárez Cisneros 62, Ciudad de los Servicios, Chilpancingo, tel. (747) 47 19737.
3. O impúgnala sin dejar correr el plazo. El recurso de inconformidad va por escrito ante la Dirección de Transporte y Vialidad dentro de 3 días hábiles desde que surte efectos la notificación (artículo 305); luego hay 10 días hábiles para pruebas y 10 para resolver, y puedes suspender el cobro con fianza. Si pierdes, sigue el tribunal administrativo del estado. El reglamento también prevé una queja ante la Dirección de Tránsito: pregunta qué vía procede.
4. Si se llevaron tu auto. Con tránsito estatal, va al lugar que fija la Dirección General de Tránsito y te lo entregan tras pagar multa, traslado y depósito (artículos 180 y 289).
En Acapulco, la versión del reglamento con reformas a 2024 daba 50% de descuento antes de 15 días y 10% del día 15 al 30 (nada por alcohol, exceso de velocidad en zona escolar, huir tras un accidente o daños a terceros), y la queja se presentaba por escrito en 10 días naturales ante la Policía Vial. Hay una versión de julio de 2026 sin cotejar: confirma porcentaje y plazo con la Policía Vial antes de pagar.
Preguntas frecuentes en Guerrero
¿Qué reglamento de tránsito aplica en Guerrero?
¿Cuánto es la multa por exceso de velocidad en Guerrero?
¿Cuánto cuesta manejar tomado en Guerrero?
¿Puedo llevar a mi hijo en moto en Guerrero?
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar una multa de tránsito estatal en Guerrero?
Fuentes oficiales
- Congreso de Guerrero — Ley Número 849 de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Guerrero (última reforma P.O. 13-mar-2026, Decreto 487)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Gobierno de Guerrero — Reglamento de la Ley de Transporte y Vialidad: ficha (P.O. 27-jun-1995, última reforma 07-mar-2023)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Gobierno de Guerrero — Reglamento de la Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero, texto en PDF (tabulador art. 291)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Gobierno de Guerrero — Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero (última reforma P.O. 23-dic-2025)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Gobierno de Guerrero — Leyes ordinarias vigentesConsultado el 9 de octubre de 2026
- Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Acapulco de Juárez (versión 2015 con reformas a 2024)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Acapulco — Marco normativo y jurídico (incluye reglamento de tránsito fechado 09-jul-2026)Consultado el 9 de octubre de 2026
- Gobierno de Guerrero — Secretaría de Seguridad Pública (Dirección General de Tránsito, Caminos, Puertos y Aeropuertos)Consultado el 9 de octubre de 2026
- SSP Guerrero — Tránsito EstatalConsultado el 9 de octubre de 2026
- Gobierno de Guerrero — Comisión Técnica de Transporte y VialidadConsultado el 9 de octubre de 2026
- Ayuntamiento de Chilpancingo — Marco normativo legalConsultado el 9 de octubre de 2026








